Notificación de resolución (28/07/2026, 09:50): declaración de cuido provisional de la pme N.C.M.Q.
Se comunica a Juan Carlos Marín Blanco la existencia de una resolución fechada el veintiocho de julio de dos mil veintiséis, a las nueve horas cincuenta minutos, en la que se declara el “cuido provisional” de la pme: N.C.M.Q., dentro del expediente administrativo identificado como RDURAIHN-00761-2026. El documento es una notificación oficial que informa esa decisión, sin explicar en el texto aquí disponible los motivos del cuido provisional.
La resolución confiere audiencia a Juan Carlos Marín Blanco por cinco días hábiles para que presente los alegatos de su interés y ofrezca las pruebas que estime necesarias. El texto añade que el interesado tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y por técnicos de su elección. También se indica que puede consultar el expediente en días y horas hábiles y solicitar copias del mismo; el expediente permanecerá a disposición en la oficina regional señalada en la notificación.
La oficina regional donde está el expediente se ubica en Costa Rica, Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 50 metros al sur del Ministerio de Hacienda en Ciudad Quesada. Los teléfonos consignados son 2461-0686 y 2461-0656. El correo electrónico que figura en el documento aparece como “uraihuetarnorte@ pani.go.cr” (en la evidencia hay un espacio entre el símbolo @ y “pani.go.cr”). El apartado postal es 5000-1000, San José, Costa Rica.
La comunicación proviene del Departamento de Atención y Respuesta Inmediata, Huetar Norte. Quien aparece como Órgano Director del ProcesoAdministrativo y Representante Legal es la Licda. Eva María Arguedas Sequeira. El documento registra el código interno (IN202601121843).
la notificación no especifica en el fragmento disponible cuál es la fecha de inicio del plazo de cinco días hábiles (desde qué día se cuentan esos cinco días), ni describe en detalle qué significa o qué efectos legales tiene la “declaración del cuido provisional”. Además, el correo electrónico en la evidencia contiene un espacio entre “@” y “pani.go.cr”; la evidencia muestra también la palabra “ProcesoAdministrativo” sin espacio y la frase “a por cinco días hábiles”, que son irregularidades textuales que aparecen en el documento fuente y que aquí se reproducen tal como constan en la evidencia.
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
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