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La GacetaRegulacion21 de septiembre de 2026Explicación ciudadana

Acta de asamblea que modificó cláusulas sexta y séptima del pacto constitutivo de ACORNBLISS ULIMITED S.R.L.

En esa acta se acordó modificar las cláusulas sexta y séptima del pacto constitutivo de la sociedad. La escritura se identifica como escritura número noventa y dos, visible al folio cero cuarenta y tres vuelto del tomo once del protocolo del notario que suscribe.

El texto publicado en La Gaceta consigna la constancia de que hubo una asamblea y que se modificaron las cláusulas sexta y séptima del pacto constitutivo de la sociedad indicada. La evidencia incluye la frase inicial exacta: “Por escritura otorgada en San José a las ocho horas del once de agosto del dos mil veintiséis, escritura número noventa y dos visible al folio cero cuarenta y tres vuelto del tomo once del protocolo del suscrito notario, se protocolizo acta número tres de Asamblea General de cuotistas, en la cual se acordó modificar las cláusulas sexta y sétima del pacto constitutivo de la sociedad ACORNBLISS ULIMITED SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula jurídica tres – ciento dos – novecientos nueve mil setecientos nueve.” Al final aparece: “San José, once de agosto del dos mil veintiséis. Lic. Édgar Alberto García Quirós, Notario Público.—1 vez.—( IN202601119639 ).”

Por tanto, no es posible, con la evidencia dada, explicar qué cambios específicos se hicieron en esas cláusulas ni determinar efectos concretos sobre derechos, obligaciones, plazos, montos o condiciones que dependan del texto modificado. No consta en la evidencia si las modificaciones requieren o han recibido otros trámites, ni si producen efectos respecto de terceros o de terceros acreedores; tales consecuencias no pueden deducirse del aviso en La Gaceta sin el texto modificado o documentos complementarios.

La decisión registrada afecta directamente a la sociedad ACORNBLISS ULIMITED S.R.L. y, en la medida en que las cláusulas sexta y séptima regulen relaciones internas o externas, podrían afectar a socios, acreedores o terceros vinculados. Sin embargo, la evidencia no precisa quiénes concretamente resultan afectados ni qué pasos deben seguir.

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Publicacion21 de septiembre de 2026
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21 de septiembre de 2026

En esa acta se acordó modificar las cláusulas sexta y séptima del pacto constitutivo de la sociedad. La escritura se identifica como escritura número noventa y dos, visible al folio cero cuarenta y tres vuelto del tomo once del protocolo del notario que suscribe.

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