Protocolización de acuerdo de asamblea que modifica la cláusula de administración de la sociedad 3-101-945960
La evidencia cita textualmente que “se acordó modificar la cláusula de los estatutos sociales referente a la Administración de la sociedad.” No incluye el texto de la cláusula original ni el texto de la modificación. Por tanto, a partir de este documento no puede saberse qué palabras concretas se cambiaron, cuáles son las nuevas facultades, obligaciones o límites que establece la cláusula modificada, ni si hubo designación o remoción de personas en cargos de administración.
El acta quedó protocolizada “Mediante escritura número 145 del tomo 8 del protocolo del suscrito notario” y en el documento aparece la firma o identificación del notario: “Lic. André Cappella Ramírez. Notario Público.” La publicación de este aviso aparece en La Gaceta (Imprenta Nacional) según la referencia provista en la evidencia: “La Gaceta” y el enlace oficial suministrado en la evidencia.
Dado que la evidencia es explícita en la frase “se acordó modificar la cláusula de los estatutos sociales referente a la Administración de la sociedad” pero omite el detalle del cambio, cualquier efecto concreto sobre representación, poderes, obligaciones o terceros no puede inferirse del documento proporcionado.
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
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