Constancia de disolución de YELLOW SKY, S. A., por escritura pública
Por escritura número 104, otorgada a las 17 horas del 08 de julio del 2026, se protocolizó el acta número 7 de la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad YELLOW SKY, S. En esa acta se acordó disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.
El acta consignó que la compañía no tiene actualmente ningún bien o activo, ni ninguna deuda o pasivo, y que no tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza.
Debido a la situación patrimonial y operativa indicada (ausencia de activos, pasivos y actividades), la asamblea “se prescindió del trámite de nombramiento de liquidador y demás trámites de liquidación”. Es decir, el acta registra que la asamblea decidió no iniciar esos trámites de liquidación ordinarios en atención a la falta de bienes, deudas y actividad.
El documento notarial fechado en San José lleva la fecha 09 de julio del año 2026 y fue otorgado por el notario público Lic. Federico Castro Kahle. La escritura que protocoliza el acta es la número 104.
El texto oficial que se reproduce aquí deja constancia de la decisión de disolución y de la afirmación sobre la inexistencia de bienes, deudas y operaciones. La evidencia proviene del aviso publicado en La Gaceta según la fuente citada (Imprenta Nacional).
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
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Por escritura número 104, otorgada a las 17 horas del 08 de julio del 2026, se protocolizó el acta número 7 de la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad YELLOW SKY, S. En esa acta se acordó disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.
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