Registro de modificación de la cláusula de representación de la sociedad EL ARTE DE REGALAR, S.A.
Según el documento, el acta de esa asamblea fue protocolizada mediante escritura pública por el notario Augusto Solís Rodríguez el día siete de julio de 2026 a las quince horas. La protocolización quedó asentada en San José el ocho de julio de 2026.
El aviso indica que, en esa Asamblea General Extraordinaria, se modificó la cláusula de representación del pacto constitutivo de la sociedad. El texto oficial no describe cuál fue el cambio concreto en la redacción de la cláusula, ni incluye detalles sobre el nuevo contenido, las facultades otorgadas o limitadas, ni sobre quiénes pasan a ser los representantes o sus límites específicos. Por tanto, con la evidencia disponible se puede afirmar solo que hubo una modificación formal de la cláusula de representación y que esa modificación fue protocolizada; no es posible precisar desde este aviso qué efecto práctico tiene la modificación sobre la representación de la sociedad.
El aviso registra además el número de expediente o referencia IN202601119202 y la publicación está disponible en La Gaceta (Imprenta Nacional) en la dirección indicada en el documento.
Si una persona necesita saber en qué consistió exactamente la modificación (por ejemplo, quiénes quedan facultados para representar a la sociedad, si se restringen o amplían poderes, o si hay condiciones y límites nuevos), será necesario consultar la escritura pública protocolizada o el texto del pacto constitutivo modificado, porque ese contenido no está incluido en el aviso publicado en La Gaceta.
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
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Según el documento, el acta de esa asamblea fue protocolizada mediante escritura pública por el notario Augusto Solís Rodríguez el día siete de julio de 2026 a las quince horas. La protocolización quedó asentada en San José el ocho de julio de 2026.
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