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La GacetaRegulacion21 de septiembre de 2026Explicación ciudadana

Edicto: modificación de la cláusula OCHO del pacto constitutivo de la sociedad TRES- CIENTO UNO- SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL SESENTA Y NUEVE SOCIEDAD ANONIMA

En un acto notarial se protocolizó una modificación de la cláusula OCHO del pacto constitutivo de la sociedad identificada como TRES- CIENTO UNO- SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL SESENTA Y NUEVE SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica TRES- CIENTO UNO- SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL SESENTA Y NUEVE. La notaria responsable solicita la publicación del edicto "para lo que en derecho corresponda".

La protocolización ocurrió "En mi notaría, mediante escritura número diecinueve, de las once horas del día diez de julio del año dos mil veintiséis". El edicto está firmado por la Licda. Karen María Fonseca Sánchez, Notaria Pública, y fechado en Santa Bárbara de Heredia, diez de julio del año dos mil veintiséis. La publicación se ordena por "1 vez" y el aviso incluye la referencia ( IN202601119126 ). La fuente oficial indicada en la evidencia es La Gaceta (Imprenta Nacional) y el documento está disponible en la dirección señalada en la evidencia.

El edicto registra que se modificó la cláusula OCHO del pacto constitutivo, pero no contiene el texto de la cláusula ni describe en qué consiste la modificación. A partir del contenido proporcionado no es posible saber qué cambios concretos introduce la modificación, ni qué efectos legales, económicos o administrativos produce, ni cuándo esos efectos comienzan a regir frente a terceros. El edicto tampoco detalla trámites posteriores, autorizaciones adicionales, ni menciona condiciones, excepciones o plazos distintos de los registrados arriba.

El documento es un aviso de que se protocolizó una modificación y que se solicita su publicación. Cualquier conclusión sobre derechos, obligaciones o efectos derivados de la modificación de la cláusula OCHO no puede extraerse de esta evidencia sola.

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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.

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Publicacion21 de septiembre de 2026
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