Solicitud notarial de aumento de capital social por la suma de doscientos mil colones
Ante el notario Marco Antonio Castro Navarro, con oficina en San José, la señorita SARA GRACÍA CHAVEZ, en su calidad de Gerente de la sociedad TRES- CIENTO DOS- NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO MIL SETENTA Y UNO (cédula jurídica número TRES- CIENTO DOS- NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO MIL SETENTA Y UNO), solicitó un aumento del capital social por la suma de doscientos mil colones y pidió la publicación del edicto correspondiente, con la instrucción literal: “Publíquese edicto de ley.” La comparecencia quedó fechada en San José, diecisiete de agosto del dos mil veintiséis, y el texto indica la publicación del edicto una vez (“—1 vez.—”).
Afecta a la sociedad mencionada y a la persona que actuó como su representante en el acto, SARA GRACÍA CHAVEZ, identificada con la cédula de identidad número UNO- MIL TRESCIENTOS OCHO- SETECIENTOS SESENTA Y DOS. El documento es una solicitud formal registrada ante notario; no es una resolución administrativa ni una inscripción definitiva. Lo que consta es la petición de aumento de capital y la orden de publicar un edicto, no la constatación de que el capital quedó efectivamente aumentado.
La suma solicitada para el aumento es exactamente “doscientos mil colones.” La publicación del edicto aparece indicada en el texto tal como: “Publíquese edicto de ley.” El registro notarial incluye la fecha del acto: San José, diecisiete de agosto del dos mil veintiséis, y la nota de publicación “—1 vez.—”. No se consignan en este documento otras condiciones, plazos, montos distintos, ni ninguna resolución sobre aprobación, pago, inscripción registral u otros trámites posteriores.
El acta no contiene una decisión de aprobación, tampoco muestra que el aumento haya sido inscrito en algún registro público ni detalla los pasos siguientes para materializar el aumento (por ejemplo acuerdos de junta, emisión de nuevas cuotas, pagos o anotaciones en el Registro Nacional).
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