Disolución acordada de la sociedad BELTICA LTDA (acta protocolizada el 30 de junio de 2026)
La protocolización se registró a las 11:30 horas del 30 de junio del 2026 y la firma del instrumento corresponde a la Lic. Yolanda Araya Jara, Notario.
Afecta a la propia sociedad BELTICA LTDA y a cualquier persona que tenga un interés jurídico en la misma. El aviso establece que, dentro de los 30 días siguientes a la publicación de este aviso, “cualquier interesado podrá oponerse judicialmente a esta disolución”. Eso significa que la vía para cuestionar la disolución es presentar una oposición ante los tribunales y que ese derecho de oposición está limitado al plazo de 30 días contados desde la fecha de publicación del aviso.
La única condición procesal que menciona el documento es el plazo de 30 días desde la publicación para presentar oposición judicial. No se describen en el aviso otros pasos posteriores ni detalles sobre el proceso de liquidación, nombramiento de liquidador, reparto de bienes, obligaciones pendientes, ni efectos administrativos o fiscales derivadas de la disolución. Debido a esa ausencia de datos, no puede concluirse a partir de este aviso qué trámites concretos se harán ni cuándo comenzarán a ejecutarse actos de liquidación.
Si necesita saber qué pasos administrativos o económicos seguirá la sociedad o quién la representará en un proceso de liquidación, esa información no está en este documento y deberá buscarse en otros instrumentos o inscripciones posteriores.
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
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La protocolización se registró a las 11:30 horas del 30 de junio del 2026 y la firma del instrumento corresponde a la Lic. Yolanda Araya Jara, Notario.
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