Protocolo notarial de reforma de pacto social de la sociedad TRES – CIENTO DOS – OCHOCIENTOS SESENTAY SEIS MIL SETECIENTOS TRES S.R.L.: eliminación del Agente Residente y modificación del domicilio con incorporación de correo electrónico
La escritura pública protocolizada ante notaría registra que, en Asamblea de Cuotistas de la sociedad denominada “TRES – CIENTO DOS – OCHOCIENTOS SESENTAY SEIS MIL SETECIENTOS TRES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA” (cédula de persona jurídica número tres – ciento dos – ochocientos sesenta y seis mil setecientos tres), se acordaron dos reformas al pacto social de la compañía. Estas reformas se formalizaron mediante escritura número ciento cuatro, visible al folio ciento veintitrés frente del tomo veintisiete, protocolizada el día seis de julio de dos mil veintiséis a las once horas en la ciudad de San José ante el Notario Público Álvaro Restrepo Muñoz (carné número 15617). El aviso está publicado en La Gaceta según la referencia incluida en la evidencia.
(i) eliminar la cláusula relativa al “Agente Residente” del pacto social de la sociedad; y (ii) reformar la cláusula que establece el domicilio social y, además, incorporar un correo electrónico en ese apartado, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. El documento oficial así lo expresa literalmente como los acuerdos tomados en la Asamblea de Cuotistas y protocolizados en la notaría.
Por tanto no es posible, con la información proporcionada, reproducir el contenido eliminado ni lo que quedó redactado como nuevo domicilio o correo.
el acta notarial certifica que la Asamblea de Cuotistas acordó quitar la cláusula sobre Agente Residente y cambiar la cláusula del domicilio social para incluir un correo electrónico, y que esos acuerdos quedaron protocolizados el 6 de julio de 2026 ante el notario indicado. Los detalles textuales de las reformas (texto eliminado y texto nuevo, dirección y correo) no están en el aviso publicado, por lo que no pueden confirmarse a partir de la evidencia presentada.
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
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