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La GacetaRegulacion21 de septiembre de 2026Explicación ciudadana

Reforma de la cláusula de Domicilio en el Pacto Constitutivo de CORPORACION EUANITOS S. A.: inclusión de una cuenta de correo electrónico

Por escritura número cuarenta y nueve, otorgada ante la Notaria Pública María Karolina Ureña Vindas a las diecisiete horas del veintitrés de junio del dos mil veintiséis, se reformó la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo de la sociedad denominada CORPORACION EUANITOS S. A. La reforma consiste en incluir una cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad. El acto se declara en cumplimiento de lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. El documento registra la formalización en San José, siete de julio del dos mil veintiséis.

A la persona jurídica CORPORACION EUANITOS S. A., identificada en el texto con la cédula jurídica tres- cientos uno- doscientos cuatro mil quinientos cuarenta y cinco, con domicilio social en San José, Goicoechea, Barrio Montelimar, Frente a Industrias Farah, casa esquinera azul con blanco. El cambio se hace a la cláusula del Domicilio en su Pacto Constitutivo, es decir, a una parte del documento fundacional de la sociedad.

El texto oficial indica que “se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad” mediante la reforma mencionada.

La escritura pública que contiene la reforma es la número cuarenta y nueve, otorgada el veintitrés de junio del dos mil veintiséis a las diecisiete horas ante la Notaria Pública María Karolina Ureña Vindas. En la gaceta aparece la mención fechada en San José, siete de julio del dos mil veintiséis.

La evidencia no muestra la redacción completa y literal de la cláusula modificada ni la cuenta de correo electrónico incorporada. Por eso no es posible afirmar, a partir de este texto, cuáles serán los efectos concretos de la inclusión del correo electrónico (por ejemplo, si habilita notificaciones electrónicas válidas, si sustituye otras direcciones o qué obligaciones administrativas genera). La única afirmación respaldada por la evidencia es que se realizó una reforma formal del Pacto Constitutivo para incluir una cuenta de correo electrónico, y que la escritura se otorgó y se inscribió conforme a lo indicado.

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Publicacion21 de septiembre de 2026
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