Reforma de la cláusula de domicilio de GRUPO FRAGA PALMICHAL S. A.: inclusión de una cuenta de correo electrónico
La publicación oficial informa que, por escritura número cincuenta otorgada ante la Notaria Pública Lida. Karolina Ureña Vindas a las quince horas del veintinueve de junio del dos mil veintiséis, se realizó una reforma al Pacto Constitutivo de la sociedad denominada GRUPO FRAGA PALMICHAL S. A., cédula jurídica tres- cientos uno- trescientos cuatro mil setecientos veintiséis. La reforma afecta específicamente la cláusula del Domicilio, mediante la cual “se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad”.
San José, Acosta Palmichal cien metros sur y setenta y cinco oeste de la Escuela de la Localidad. La publicación también indica que la modificación se hizo “en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.” El aviso aparece fechado en San José, siete de julio del dos mil veintiséis y fue publicado en La Gaceta (ver fuente oficial).
“se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada GRUPO FRAGA PALMICHAL S. A. … mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.” El texto no presenta la dirección de correo electrónico incorporada ni aclara si la cuenta electrónica sustituye, amplía o complementa la dirección física como domicilio legal.
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
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