Resolución del 3 de agosto de 2026: inicio de la Fase Diagnóstica a favor de la menor M.Ch.G., notificación a Eric Chacón Montero
Se notifica a Eric Chacón Montero la resolución de las quince horas del tres de agosto de dos mil veintiséis, cuyo contenido principal es la apertura del Proceso de Fase Diagnóstica a favor de la persona menor de edad identificada como M.Ch.G. La decisión concreta es "Dar por iniciado apertura al Proceso de Fase Diagnóstica a favor de la persona menor de edad M.Ch.G por un plazo de veinte días".
se previene a la parte (a quien se notifica) que debe señalar una casa, oficina o lugar donde atender notificaciones. Si la parte no señala un lugar, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Esto significa que, si no se comunica un domicilio para notificaciones, las decisiones que se dictan en el futuro se considerarán notificadas automáticamente 24 horas después de haberse emitido.
podrán presentar la prueba que consideren necesaria y ser escuchadas respecto de los hechos denunciados dentro del término de cinco días hábiles después de ser notificadas. Es decir, desde la notificación cuentan cinco días hábiles para aportar pruebas y utilizar la audiencia prevista.
la parte tiene derecho a asesorarse o representarse por un profesional en derecho de su elección. Además, se le garantiza el acceso al expediente administrativo para estudio y revisión en la Oficina Local Naranjo durante horas hábiles. Esto significa que la persona o su representante legal pueden pedir ver y revisar el expediente en esa oficina en horario de atención.
Sobre recursos, la resolución comunica que procede el recurso de apelación contra esta resolución. El recurso debe interponerse ante el mismo despacho dentro de las cuarenta y ocho horas posteriores a la notificación. El documento aclara que la Presidencia Ejecutiva de la institución resolverá dicho recurso. Asimismo, el recurso será inadmisible si se presenta pasado el plazo indicado de cuarenta y ocho horas.
El expediente administrativo relacionado se identifica como OLNA-0345-2015 y la resolución proviene de la Oficina Local Naranjo. El órgano director del procedimiento que firma o emite la resolución es el Lic. José Alan Cordero Quesada. La referencia interna que aparece es (IN202601122052).
Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
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