Notificación de resolución de cuido provisional de menores (expediente OLAS-00103-2016)
Se notifica a Erdal Arslan, progenitor de las personas menores de edad identificadas como AAT, AAT, ZAT y MAT, sobre una “resolución de cuido provisional” dictada a las catorce horas veinte minutos del treinta de julio del dos mil veintiséis. El documento que contiene esa decisión corresponde al expediente OLAS-00103-2016, tramitado por la Oficina Local San Miguel, Desamparados, y la representación legal aparece a cargo de la Licda. Elizabeth Mariel Benavides Sibaja.
La comunicación indica que el señor Erdal Arslan deberá apersonarse a la Oficina Local de San Miguel. Además se le informa que él y las demás partes pueden presentar un recurso de Apelación dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes posteriores a la notificación, si desean mostrar su inconformidad.
La resolución se describe como “provisional” y tiene fecha y hora exactas de emisión: 14:20 del 30 de julio de 2026. El plazo procesal explícito que aparece es el de cuarenta y ocho horas para interponer el recurso de Apelación contado a partir de la notificación. La autoridad que comunica es la Oficina Local San Miguel, Desamparados; la representante legal señalada es la Licda. Elizabeth Mariel Benavides Sibaja.
El texto comunicado no especifica el contenido concreto de la resolución de cuido provisional: no dice a quién se le entrega el cuido (por ejemplo, si se asigna a un progenitor, a la institución o a otra persona), no detalla las medidas concretas, la duración exacta de la provisionalidad ni las condiciones específicas que impone la resolución. Tampoco aparecen instrucciones sobre documentación o requisitos adicionales para comparecer ni la forma de presentar el recurso (por ejemplo, si es escrito o verbal, y ante qué oficina específica). Dado esto, no es posible afirmar ni interpretar quién tiene actualmente el cuido de las personas menores, cuánto durará la medida ni otros efectos que la resolución pudiera contener.
Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
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