Notificación de resolución y derecho de apelación en expediente OLHN-000363-2019
Se notifica a la señora Natalia Castillo Gutiérrez la existencia de una resolución dictada a las 10:15 del 9 de julio de 2026. El texto disponible dice que la resolución “se ordenó; en beneficio de la Personas Menores de edad L.C.C. Y S.C.G.”. Esa frase aparece incompleta en la evidencia; no es posible saber con certeza qué medidas, beneficios o mandatos concretos contiene la resolución porque el fragmento que explicaría la decisión está truncado en el documento provisto.
la resolución deberá notificarse personalmente a la parte interesada o en su casa de habitación. A las personas notificadas se les advierte que deben señalar un lugar para recibir notificaciones que sea viable. Se intentará la comunicación en cinco oportunidades; si en la quinta ocasión la comunicación encuentra el lugar ocupado, el teléfono desconectado o “sin papel” (el texto exacto es “en caso de estar ocupado, desconectado o sin papel a la quinta vez, se consignará así en el expediente”), se dejará constancia en el expediente y se considerarán notificadas las resoluciones veinticuatro horas después de dictadas.
contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación. Ese recurso debe interponerse ante la Representación Legal de la institución dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes. La evidencia indica que el recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de la institución. La comunicación precisa que si el recurso se presenta fuera de dicho término, “el recurso deviene en inadmisible.”
el caso figura como Expediente OLHN-000363-2019, tramitado en la Oficina Local de Los Santos. La notificante u oficial firmante registrada en el texto es la Licda. Ivania Sojo González, Representante Legal y Órgano Director del Procedimiento Administrativo. El identificador interno consignado es (IN202601121951).
Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
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