Notificación de resolución que amplía medida de abrigo temporal a favor de una persona menor (Exp. OLAZ-00066-2026)
Se le comunica a Orlando Antonio Velásquez Hernández la existencia de una resolución fechada a las ocho horas veinte minutos del veintinueve de julio del dos mil veintiséis que amplía una medida de protección cautelar de abrigo temporal en un proceso especial de protección en sede administrativa a favor de la persona menor identificada como S.J.V.B. El documento es una notificación emitida por la Oficina Local de Aguas Zarcas, San Carlos, expediente OLAZ-00066-2026.
La resolución concede audiencia a los interesados por un plazo de tres días hábiles. Durante esos tres días hábiles las personas interesadas pueden presentar los alegatos que consideren pertinentes y ofrecer las pruebas que estimen necesarias. El comunicante también es informado de que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección.
Se indica además el derecho a consultar el expediente en días y horas hábiles en la oficina local. Si se requiere fotocopiar el expediente administrativo, el horario disponible para hacerlo es de siete horas treinta minutos hasta las doce horas con treinta minutos en días hábiles. La oficina local donde está el expediente está ubicada en Alajuela, San Carlos, 500 metros oeste del CTP Aguas Zarcas, frente a Restaurante Rio Mary.
Oficina Local de Aguas Zarcas, San Carlos, representada por el Lic. Hernán Osvaldo González Vargas. La comunicación aparece registrada como (IN202601121901).
La evidencia muestra el hecho de la ampliación de la medida de abrigo temporal y las condiciones procesales de audiencia y acceso al expediente. El texto no especifica en la parte mostrada la duración exacta de la ampliación de la medida ni otros detalles sobre cambios concretos en la medida de protección; por tanto, no puede afirmarse a partir de este texto cuánto tiempo se amplió la medida ni en qué consisten cambios sustantivos adicionales.
Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
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