Notificación de medida cautelar de cuido provisional dictada el 14 de mayo de 2026 y citación a audiencia por tres días hábiles
La evidencia no explica qué significan las siglas PME ni desarrolla el contenido concreto de la medida cautelar; esa información no está en el texto reproducido.
Afecta a la persona notificada, Valery Nicole Aguilar Sandoval. El expediente administrativo es OLSJO-00049-2026 y se señala que permanecerá a disposición en la Oficina Local de San José Oeste. La ubicación de esa oficina se reproduce textualmente en la evidencia como: “ubicada en ubicada en San José, Merced, de la puerta de médicos del Hospital San Juan de Dios, 175 metros al sur, contiguo al Hospital Metropolitano.” Esa frase contiene una repetición literal (“ubicada en ubicada en”); la evidencia no la corrige ni aclara la dirección más allá de ese texto.
Se le confiere a la señora una audiencia por tres días hábiles para que presente los alegatos de su interés y ofrezca las pruebas que estime necesarias. Tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección. También puede consultar el expediente en días y horas hábiles y solicitar copias del mismo en la oficina local indicada.
Contra lo resuelto procede el recurso de apelación. La notificación establece que ese recurso será resuelto por la Presidencia Ejecutiva del Patronato Nacional de la Infancia. El plazo para interponer la apelación es de tres días hábiles “después de la última publicación”, según el texto; la comunicación no detalla en la parte reproducida la forma de presentación del recurso, requisitos adicionales ni el lugar exacto y modo para presentarlo.
La notificación se atribuye a la Oficina Local de San José Oeste y aparece identificada con la persona Licda. Katherine Oviedo Paniagua, Representante Legal. En la evidencia figura la referencia entre paréntesis “( IN202601121595 )”. La fuente oficial indicada en la evidencia es La Gaceta / Imprenta Nacional.
La comunicación no describe en el fragmento reproducido el contenido específico de la medida cautelar de cuido provisional (por ejemplo, obligaciones concretas, duración exacta de la medida, condiciones de ejecución o quién ejerce el cuido). Tampoco se explican en el texto cómo se calcula el plazo de tres días hábiles “después de la última publicación” ni los requisitos formales para presentar la apelación o para solicitar copias del expediente. Además, las siglas PME: L.M.A.S. no se desarrollan en la copia; su significado y la identidad completa de la persona beneficiaria citada sólo están indicados por esas siglas y no se explican.
Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
Cambios destacados relacionados
Actualizacion en Notificación de medida cautelar de cuido provisional dictada el 14 de mayo de 2026 y citación a audiencia por tres días hábiles
Actualizacion en Notificación de medida cautelar de cuido provisional dictada el 14 de mayo de 2026 y citación a audiencia por tres días hábiles
La evidencia no explica qué significan las siglas PME ni desarrolla el contenido concreto de la medida cautelar; esa información no está en el texto reproducido.