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La GacetaRegulacion18 de septiembre de 2026Explicación ciudadana

Edicto de notificación (tercera publicación): medidas cautelares y citación a audiencia por el Patronato Nacional de la Infancia

El Patronato Nacional de la Infancia publica por tercera vez un edicto dirigido a Yosvel Hernández Quintero (de nacionalidad cubano) para informarle sobre dos resoluciones relacionadas con la persona menor de edad identificada como T.S.H.V. La primera resolución, dictada por el DARIHC a las 11:20 horas del 24/06/2026, impuso una medida cautelar de cuido provisional. La segunda resolución, dictada por la Oficina Local a las 13:24 horas del 27/07/2026, ordena la celebración de una audiencia a favor de esa persona menor de edad.

El edicto se dirige específicamente a Yosvel Hernández Quintero, del que solo consta su nacionalidad (cubano) y no se dan otros datos de contacto. Se le notifica que existen las resoluciones antes mencionadas y que debe ser notificado formalmente mediante la publicación de este edicto por tres veces consecutivas en el Diario Oficial.

El edicto indica que la notificación se practica por publicación en el Diario Oficial y advierte que la persona a quien interesa debe señalar un “lugar conocido” para recibir notificaciones o, alternativamente, un número de facsímil para recibir notificaciones por ese medio. Si no lo hace, o si el lugar o medio señalado resultan imprecisos, inexactos, desaparecen o son defectuosos (por ejemplo, si el fax está desconectado o sin papel), las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Esto significa que la institución considerará válidas las notificaciones 24 horas después de emitidas cuando no sea posible practicarlas por el medio solicitado o señalado.

Contra la presente resolución proceden los recursos ordinarios de revocatoria y, en subsidio, apelación. Estos recursos deben interponerse ante la Representación Legal que publica el edicto dentro del tercer día hábil inmediato siguiente a la fecha de la última notificación a las partes. El recurso de revocatoria será conocido por la misma Representación Legal que firma este edicto; el recurso de apelación, por la Presidencia Ejecutiva del Patronato Nacional de la Infancia.

Las partes pueden presentar alegatos y ofrecer pruebas que consideren pertinentes. Tienen derecho a asesorarse y a representarse por abogado y por técnico de su elección. También pueden consultar el expediente administrativo en días y horas hábiles en la Oficina Local de Pococí. Para fotocopiar el expediente, el horario disponible es de 7:30 hasta las 11:30 en días hábiles. La oficina local está ubicada en Limón, Pococí, Guápiles, a 200 metros norte y 25 metros oeste del Banco Popular y de Desarrollo Comunal.

El expediente aparece identificado como N° OLPO- 00117-2015. La comunicación está firmada por la Representante Legal, MSC. María Gabriela Hidalgo Hurtado. La referencia interna del edicto es (IN202601120865).

El edicto no proporciona más datos personales de Yosvel Hernández Quintero aparte de su nacionalidad, ni indica la fecha y hora concretas de la audiencia ordenada en la resolución del 27/07/2026. Tampoco reproduce el texto completo de las resoluciones que motivan la medida cautelar ni la orden de audiencia; solo las menciona por fecha y hora. Por tanto, no es posible, con la evidencia proporcionada, precisar el contenido detallado de las resoluciones, la duración del cuido provisional, ni la fecha exacta de la audiencia. Donde el texto oficial carece de datos, esta explicación los señala como ausentes en la evidencia y no los infiere.

Respaldo oficial

Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.

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Publicacion18 de septiembre de 2026
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18 de septiembre de 2026

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