Disolución de la sociedad TRES – CIENTO DOS – NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y DOS S.R.L., mediante escritura pública
Mediante escritura pública número ciento ochenta y dos, otorgada ante el Notario Público Enrique Loría Brünker a las ocho horas del veintinueve de junio del dos mil veintiséis, se protocolizó el Acta de Asamblea General de Cuotistas de la sociedad TRES – CIENTO DOS – NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y DOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula de persona jurídica número tres – ciento dos – novecientos cincuenta y nueve mil quinientos ochenta y dos. En esa acta, y conforme a lo dispuesto por el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio, se acuerda disolver la compañía a partir del día de hoy (es decir, el veintinueve de junio de dos mil veintiséis). El documento fue firmado en San José y ordena su publicación una vez.
Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
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