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La GacetaRegulacion18 de septiembre de 2026Explicación ciudadana

Solicitud notarial para incorporar un correo electrónico al domicilio social de dos sociedades (escritura 243, 08/07/2026)

Se presentó, ante notaría pública, una solicitud para incorporar un correo electrónico al domicilio social de dos sociedades de responsabilidad limitada. El documento que contiene ese registro es la escritura número 243, visible al folio 164 vuelto del tomo 25.

El representante legal de las dos sociedades presentó la solicitud.

La solicitud es para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de ambas sociedades, y se indica que ese trámite se realiza conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.

El texto muestra fechas y horas relacionados con la presentación: “a las 11 horas 30 minutos, del 08 de Julio del 2026” en el encabezado de la escritura; y más adelante dice “Ciudad de Jacó a las 10 horas del día 08 Julio del año 2026.” El folio y tomo donde aparece la escritura son el folio 164 vuelto del tomo 25. El notario que firma o figura en el documento es el Lic. Juan Federico Arias Chacón, Notario Público. El documento fue publicado en La Gaceta y la referencia del aviso es (IN202601118669).

El texto que usted proporcionó registra la presentación de la solicitud; no contiene una decisión expresa de aprobación, denegatoria ni anotación registral final sobre el cambio del domicilio social. Por tanto, con la evidencia disponible sólo puede afirmarse que la solicitud fue presentada ante notaría en la fecha indicada y conforme a la ley mencionada. Además, el documento contiene una inconsistencia en las horas indicadas (11:30 y 10:00 el mismo día); el fragmento exacto es: “a las 11 horas 30 minutos, del 08 de Julio del 2026” y luego “Ciudad de Jacó a las 10 horas del día 08 Julio del año 2026.” Esa discrepancia no permite saber cuál hora es la correcta para todos los actos descritos.

El documento muestra quién presentó la solicitud y el objeto de la misma. Si una persona necesita confirmar el estado final (aprobado/inscrito), la evidencia no contiene esa información y sería necesario consultar el asiento registral o la notaría correspondiente; eso no está documentado aquí.

Respaldo oficial

Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.

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Publicacion18 de septiembre de 2026
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Documento oficial

La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.

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18 de septiembre de 2026

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