Protocolización de reforma a la cláusula de domicilio y correo electrónico de HIEROS GAMOS, S.R.L.
La Gaceta publica que, mediante escritura número tres, se protocolizó un Acta de Asamblea de Cuotistas de la sociedad HIEROS GAMOS, S.R.L., en la que se realizó una reforma a la cláusula que contiene el domicilio y el correo electrónico de la sociedad. Esta protocolización consta en el documento publicado.
La escritura fue otorgada por el Notario Público Lic. Álvaro Alberto Rodríguez Angulo. La protocolización se registró el día tres de julio del dos mil veintiséis, a las dieciocho horas con treinta minutos, en Cartago. El texto de la publicación indica además la firma de José Francisco Acevedo Gutiérrez y contiene la referencia entre paréntesis (IN202601118532).
A la sociedad HIEROS GAMOS, S.R.L., identificada con la cédula de persona jurídica número tres – ciento dos – seiscientos treinta y nueve mil ochocientos cuatro. A partir de esta publicación, el acto de reforma queda documentado como protocolizado en la fecha y hora indicadas.
El extracto publicado informa que se hizo una “reforma a la cláusula del domicilio y correo electrónico”, pero no incluye el texto anterior ni el texto nuevo de esa cláusula. Por lo tanto, desde este documento no es posible conocer cuál era el domicilio ni el correo electrónico anteriores, ni cuál es el domicilio ni el correo electrónico resultantes de la reforma. Tampoco se especifica en la publicación cuándo dicha reforma surtirá efectos frente a terceros más allá de la fecha y hora de la protocolización.
El documento que se cita es una protocolización notarial de un acta de asamblea; la publicación en La Gaceta da fe de esa protocolización y registra la fecha, la hora, el notario interviniente, la firma indicada y la referencia documental. Por tanto, para conocer el contenido exacto de la reforma o sus efectos concretos será necesario consultar la escritura completa o el acta protocolizada en la fuente oficial correspondiente.
Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
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