Aviso de reforma del domicilio social para incorporar correo electrónico de la sociedad TRES-CIENTO UNO-SETECIENTOS SETENTA Y UN MIL CERO OCHENTA Y CUATRO S.A.
La sociedad TRES-CIENTO UNO-SETECIENTOS SETENTA Y UN MIL CERO OCHENTA Y CUATRO S.A., identificada con la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-setecientos setenta y un mil cero ochenta y cuatro, presentó ante una notaría una solicitud para inscribir un correo electrónico en su pacto constitutivo. Esa solicitud consta en la escritura 58-3, visible al folio 85 vuelto del tomo 3, otorgada a las 10:00 horas el 05 de mayo del 2026. Según el aviso, con esa escritura se reforma la cláusula del domicilio social para incorporar el correo electrónico, y se indica que la reforma se realiza conforme a la Ley N°10597. El documento fue llevado a publicación en La Gaceta para aviso público, con la indicación de que se publique una sola vez; la fecha consignada en el aviso es San José, 01 de julio de 2026, y aparece firmada por el Notario Público Lic. Jorge Ricardo Rodríguez Villalobos. Esta evidencia muestra la solicitud y su publicación como aviso, pero no contiene el texto exacto de la nueva cláusula, no incorpora el valor del correo electrónico ni muestra si la inscripción ya fue registrada efectivamente en el registro correspondiente. Tampoco se detallan trámites posteriores, plazos administrativos ni la constancia de que la autoridad registral haya aceptado o rechazado la inscripción. La fuente oficial citada es La Gaceta (Imprenta Nacional).
Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
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