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La GacetaRegulacion18 de septiembre de 2026Explicación ciudadana

Protocolización de reforma de estatutos por aumento de capital de la sociedad 3-102-949375

El aviso notarial deja constancia formal de esa protocolización; no contiene en sí una explicación del contenido completo de la reforma, solo la declaración de que se protocolizó.

El documento notarial registra que el acto ocurrió en Miramar y consignó la hora y fecha "15:46 horas del 02 de julio del 2026" y la firma o certificación de la Notaria Lic. Jockseline Zúñiga Várela. El aviso incluye la referencia identificadora "IN202601118380" que aparece en el texto publicado.

El aviso menciona como representante legal a “El Gerente Y Gerente Uno” y atribuye a esa persona "facultades de Apoderados Generalísimo sin límite de suma". Esas frases se reproducen tal como aparecen en el texto del aviso; expresan que, según el documento protocolizado, el representante tiene amplias facultades y no se indica en el aviso un tope monetario para esas facultades.

El anuncio notarial comunica la protocolización de la reforma estatutaria relativa al aumento de capital, la identificación societaria, la representación legal y la constancia notarial (fecha, hora, notaria, referencia). No se incluyen en el texto cifras concretas sobre el nuevo capital, porcentajes de aumento, la forma de suscripción o pago, plazos, fecha de vigencia del aumento, ni detalles sobre cómo se modificaron los artículos estatutarios. Tampoco aparecen en el aviso instrucciones sobre inscripción registral, trámites posteriores o efectos frente a terceros. Esas ausencias implican que ese aviso por sí solo no permite conocer las condiciones prácticas ni la cuantía del aumento de capital.

Lo que el documento hace constar públicamente es la formalización notarial de una reforma estatutaria relativa al aumento de capital y la existencia de las facultades del representante tal como se cita. El aviso no documenta en el texto los efectos legales posteriores (por ejemplo, inscripción en registros, entrada en vigor del aumento o cambios en la composición del capital social); esos efectos no pueden deducirse del aviso sin otra evidencia.

Respaldo oficial

Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.

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Publicacion18 de septiembre de 2026
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