Designación e integración del Consejo de Transporte Público (Decreto Ejecutivo Nº 45903-MOPT)
El Decreto Ejecutivo Nº 45903-MOPT constituye formalmente la integración del Consejo de Transporte Público (CTP) y nombra a las personas que lo conforman. El decreto indica quién preside el Consejo, quiénes son sus miembros y el período por el cual estarán en el cargo.
El decreto lista los miembros del CTP y la razón de su representación, con las mismas palabras del documento: a) Efraím Zeledón Leiva, cédula de identidad N.º 1-1145-0086, en su condición de Ministro de Obras Públicas y Transportes, quien presidirá. b) Sofía Fallas Barquero, cédula de identidad N.º 3-0391-0290, en su condición de Viceministra de Transportes y Seguridad Vial, como persona con experiencia y conocimiento en las materias relacionadas con el Consejo de Transporte Público. c) Mónica Diana Navarro del Valle, cédula de identidad N.º 1-0796-0387, en su condición de Ministra de Ambiente y Energía, como representante del Ministerio de Ambiente y Energía. d) José López Chaves, cédula de identidad N.º 1-1023-0284, como representante del Sector Empresarial de Transporte Remunerado de Personas en Vehículos Automotores, Buses, Microbuses o Busetas en modalidad de servicios de operación de líneas regulares existentes. e) Gilbert Ureña Fonseca, cédula de identidad N.º 3-0208-0649, como representante del Sector de Transporte Remunerado de Personas en Vehículos Automotores en la Modalidad de Taxi, quién también representa al sector cooperativista de transporte. f) Roberto Muñoz Estrada, documento de identidad N.º 155809649435, como representante del sector empresarial del servicio terrestre de transporte remunerado de personas en vehículos automotores, autobús, microbús o buseta en modalidad de servicios especiales estables. g) José Miguel Jímenez Araya, cédula de identidad N.º 2-0575-0334, en su condición de Presidente Ejecutivo del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal, como representante del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal y a Juan Diego Gómez Gónzalez, cédula de identidad N.º 1-1314-0554, como representante de la Unión Nacional de Gobiernos Locales. h) Rosa Elena Sáncez Zumbado, cédula de identidad N.º 2-0604-0476, como representante de los Usuarios.
El decreto establece que la integración “rige a partir del 5 de agosto de 2026 y hasta el 8 de mayo de 2030.” Además recuerda, citando el artículo 9 de la Ley Reguladora del Servicio Público de Transporte Remunerado de Personas en Vehículos en la Modalidad Taxi (Ley N.º 7969), que los miembros del CTP son nombrados mediante Decreto Ejecutivo y que el nombramiento será hasta por un plazo máximo equivalente al del nombramiento del Presidente de la República, pudiendo ser reelegidos.
El decreto se apoya en las facultades constitucionales y en normas legales que enumera: artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; artículos 25 numeral 1, 27 numeral 1 y 28 numeral 2 inciso b) de la Ley General de la Administración Pública (Ley N.º 6227); artículos 5, 8 y 9 de la Ley N.º 7969; y en el Reglamento para la inscripción y acreditación de las organizaciones adicionado por la ley N.º 10676 (Decreto Ejecutivo N.º 45190-MOPT). El texto también refiere oficios del MOPT (CARTA-MOPT-DM-1935-2026 del 3 de agosto de 2026) como remisión de las nóminas usadas para las designaciones. La publicación corresponde a La Gaceta (Imprenta Nacional); el documento oficial está disponible en la URL indicada en la evidencia.
El decreto formaliza los nombres y representaciones dentro del Consejo de Transporte Público y fija el período de vigencia indicado. No se puede, a partir solo de este texto, concluir otras obligaciones, efectos prácticos, procedimientos internos, remuneraciones o cambios normativos que no estén expresamente escritos en el decreto. Fuente: Decreto Ejecutivo Nº 45903-MOPT publicado en La Gaceta (Imprenta Nacional).
Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
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