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La GacetaRegulacion17 de septiembre de 2026Explicación ciudadana

Solicitud de inscripción de marca de servicios N.º 2026-0010393 (clase 36)

Se publicó en La Gaceta la solicitud de inscripción como marca de servicios identificada como Solicitud Nº 2026-0010393. El documento no decide si la marca queda inscrita o denegada; lo que registra es la presentación y la publicación de la solicitud para que terceros puedan defender sus derechos dentro del plazo legal.

El domicilio consignado en la solicitud es San José, distrito Carmen, calle 35, entre avenidas 9 y 11, Costa Rica.

Se pide la inscripción como marca de servicios en la clase internacional 36 para proteger y distinguir los servicios que se describen textualmente en el edicto: “Asesoría financiera, patrimonial y bursátil en mercados locales e internacionales; prestación de servicios en el ámbito de finanzas y áreas afines; administración de portafolios de inversión; gestión de activos; finanzas corporativas; análisis financiero y de mercado; asesoría operativa e implementación de planes de inversión.” El edicto indica que el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud, conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978.

La solicitud fue presentada el 20 de agosto de 2026 y aparece fechada el 21 de agosto de 2026 en el expediente. El edicto cita a terceros interesados a hacer valer sus derechos ante el Registro dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación de este edicto.

El edicto contiene dos precisiones textuales sobre el alcance de la protección: 1) “De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud.” 2) “Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica ‘Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio’.” Esas frases aparecen tal cual en el edicto y limitan la extensión de la protección solicitada según el Reglamento y la Ley.

El documento publicado es un aviso de solicitud. El efecto inmediato que produce la publicación es abrir el plazo de dos meses, desde la primera publicación, para que terceros interesados presenten oposiciones o reclamen sus derechos ante el Registro. El Registrador que firma el edicto es Walter Alfaro González y la referencia del expediente incluida es ( IN202601122615 ).

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Publicacion17 de septiembre de 2026
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19 de septiembre de 2026

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