Protocolización de acuerdo que modifica las cláusulas quinta y sexta de los estatutos de Tres-Ciento Dos-Novecientos Sesenta y Cuatro Mil Novecientos Cuarenta y Tres S.R.L.
Se protocolizó un acuerdo de la asamblea de socios de la sociedad Tres-Ciento Dos-Novecientos Sesenta y Cuatro Mil Novecientos Cuarenta y Tres S.R.L. en el que se modificaron las cláusulas quinta y sexta de sus estatutos.
El acto se otorgó ante la Notaría del Lic. Melvin Elizondo Muñoz, Notario Público, en Heredia, el 26 de junio de 2026 a las 07:07 horas. La anotación notarial indica que el documento consta “1 vez”.
La publicación oficial incluye la referencia identificadora IN202601117907.
Con la evidencia disponible solo puede afirmarse que hubo una protocolización que modificó las cláusulas quinta y sexta. No es posible saber, a partir de este texto, cuál es el contenido nuevo de esas cláusulas, qué obligaciones, derechos o cambios jurídicos introducen, ni a partir de qué fecha esas modificaciones producen efectos para terceros.
La nota incluye lugar (Heredia), fecha (26 de junio de 2026), hora (07:07), notario (Lic. Melvin Elizondo Muñoz, Notario Público) y la indicación de que el documento consta “1 vez”.
Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
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