Solicitud de registro de marca EUROTRIN- M (clase 5) presentada por Laboratorios Saval S.A.
La Gaceta publica la solicitud Nº 2026-0010560 en la que Aaron Montero Sequeira, en calidad de Apoderado Especial de Laboratorios Saval S.A., solicita inscribir la marca EUROTRIN- M como marca de fábrica y comercio en la clase(s) internacional(es) 5. La publicación registra la solicitud para conocimiento público; no se indica en este documento la concesión definitiva o el rechazo, solo que la solicitud fue presentada y publicada para posibles oposiciones.
La solicitud describe que, en la clase 5, se pretende proteger "productos farmacéuticos de uso humano, preparaciones para uso médico; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico; alimentos para bebés; suplementos alimenticios para personas." Además contiene una reserva conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978: "el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud." Esto significa, según el texto publicado, que la protección solicitada se limita a la forma exacta del signo tal como fue presentado en la solicitud.
La solicitud fue presentada el 24 de agosto de 2026 y la fecha consignada en el aviso es 27 de agosto de 2026. La publicación en La Gaceta inicia el plazo para que terceros interesados puedan hacer valer sus derechos. El edicto cita expresamente que los terceros interesados tienen un plazo de dos meses, contados a partir de la primera publicación de este edicto, para presentar oposiciones o acciones pertinentes ante el Registro.
El aviso también indica que la solicitud se rige por el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos, cuyo texto citado afirma: "Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio." Ese párrafo significa que, según la ley citada en el propio aviso, elementos que sean de uso común o necesarios en el comercio no quedan protegidos por la exclusividad de la marca compuesta; esta limitación aparece como parte de las reglas aplicables a la protección solicitada.
Afecta a Laboratorios Saval S.A. como solicitante y a cualquier tercero que considere afectado en sus derechos por la inscripción pretendida. Los terceros interesados pueden presentar oposiciones o acciones ante el Registro del que depende la publicación dentro del plazo de dos meses contado desde la primera publicación del edicto.
Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
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