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La GacetaRegulacion16 de septiembre de 2026Explicación ciudadana

Solicitud de inscripción de marca de fábrica y comercio N° 2026-0002006 (Clase 3)

se publica una solicitud administrativa para inscribir como marca de fábrica y comercio el signo identificado en la petición número 2026-0002006. No es una concesión ni una resolución definitiva de registro; es la publicación de la solicitud en trámite.

Se indica el domicilio del apoderado o solicitante como Calle 19 N° 68 A - 98 Bogotá D.C, Colombia, Bogotá, Colombia.

el documento contiene dos fechas relevantes que se reproducen tal cual en la evidencia. La solicitud fue "Presentada el: 20 de febrero de 2026." Además, en el texto aparece la mención "Fecha: 13 de julio de 2026." El documento publicado también pide que, "A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978."

la solicitud solicita la inscripción en la(s) clase(s): 3. Internacional(es). La lista de productos y servicios que se pretende proteger en la clase 3 se reproduce tal cual en la solicitud: "Aceite para uñas, aceite regenerador para cutícula, adhesivos para fijar uñas, bases para uñas, brillo para uñas, cola para fortalecer las uñas, cremas para las uñas, dilusor de esmalte, removedor de cutícula, disolvente para quitar esmalte, endurecedor de uñas, esmalte de uñas, esmalte para uñas lacas para las uñas, pegamento para las uñas, quita esmalte de uñas, quita esmalte para las uñas, quitaesmalte, uñas artificiales para uso cosmético."

la publicación contiene dos precisiones sobre el alcance de la protección solicitada. Primero, conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978, "el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud"; esto indica que la protección reclamada se limita a la forma exacta del signo presentado. Segundo, se señala el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos: "Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio"; por lo tanto la exclusividad solicitada no alcanzaría esos elementos comunes o necesarios cuando la marca tenga esa composición.

el edicto cita a terceros interesados para que "defiendan sus derechos" ante el Registro dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Es decir, el plazo de dos meses para presentar oposiciones u otras acciones administrativas comienza desde la primera publicación en La Gaceta.

el edicto registra la firma del funcionario responsable de la publicación: "Rina Ruiz Mata, Registrador(a).—( IN202601118142 )." La publicación aparece en La Gaceta (Imprenta Nacional); el documento original está disponible en la URL indicada en la evidencia.

la evidencia es la publicación de una solicitud en trámite.

Respaldo oficial

Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.

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TipoDocumento oficial
Publicacion16 de septiembre de 2026
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Documento oficial

La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.

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