Protocolización de acta de asamblea que reforma las cláusulas sexta y séptima de Tres- Ciento Dos- Ochocientos Noventa y Ocho Mil Ochocientos Noventa y Ocho, S.R.L.
Se registró en escritura pública y se protocolizó un Acta de Asamblea de Cuotistas de la sociedad llamada "Tres- Ciento Dos- Ochocientos Noventa y Ocho Mil Ochocientos Noventa y Ocho, S.R.L.". Según el texto publicado, en esa acta se acordó reformar las cláusulas sexta y sétima del acta constitutiva de la sociedad.
La protocolización ocurrió mediante escritura otorgada "ante esta notaría" a las catorce horas treinta minutos del veintisiete de julio del dos mil veintiséis. El documento indica además el nombre del notario: Lic. Roberto Solano Leiva, y la localidad: San José, veintisiete de julio del dos mil veintiséis.
La evidencia disponible no describe el contenido concreto de las reformas a las cláusulas sexta y sétima; por tanto, no puede saberse qué cambios específicos se hicieron, ni qué obligaciones, derechos, plazos o condiciones se modificaron dentro de la sociedad.
El identificador interno indicado en el texto es ( IN202601117048 ).
Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
Cambios destacados relacionados
Actualizacion en Protocolización de acta de asamblea que reforma las cláusulas sexta y séptima de Tres- Ciento Dos- Ochocientos Noventa y Ocho Mil Ochocientos Noventa y Ocho, S.R.L.
Actualizacion en Protocolización de acta de asamblea que reforma las cláusulas sexta y séptima de Tres- Ciento Dos- Ochocientos Noventa y Ocho Mil Ochocientos Noventa y Ocho, S.R.L.
Se registró en escritura pública y se protocolizó un Acta de Asamblea de Cuotistas de la sociedad llamada "Tres- Ciento Dos- Ochocientos Noventa y Ocho Mil Ochocientos Noventa y Ocho, S.R.L.". Según el texto publicado, en esa acta se acordó reformar las cláusulas sexta y sétima del acta constitutiva de la sociedad.