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La GacetaRegulacion14 de septiembre de 2026Explicación ciudadana

Solicitud de registro de marca de servicios (Clase 16) presentada por la sociedad de responsabilidad limitada

La publicación registra la presentación de una solicitud de inscripción de un signo como marca de servicios en la clase 16 (papel, cartón y artículos relacionados) y convoca al procedimiento público correspondiente; no constituye una concesión ni una resolución final sobre la marca.

La solicitud pretende proteger y distinguir, como marca de servicios en la clase 16, el siguiente conjunto de productos: Bolsas de papel o plástico para embalaje; cajas de papel o cartón; bolsas de comida de papel o plástico; materiales de embalaje de papel o cartón; materiales de relleno de papel o cartón para embalaje; láminas y películas plásticas para envolver y embalar. El texto indica que el signo “se protegerá tal y como aparece en la solicitud”, conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos Nº 7978.

La publicación cita que la solicitud se rige por el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos (Nº 7978), cuyo texto se reproduce en el edicto: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. Esa disposición limita la extensión de la protección solicitada frente a elementos genéricos o de uso común incluidos en la etiqueta o signo.

La solicitud figura con fecha 06 de agosto de 2026 y fue presentada el 23 de junio de 2026, según el documento publicado. El edicto cita que se “cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto”. La propia publicación remite, para efectos de publicación, a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978. La evidencia textual no identifica en el cuerpo del edicto cuál fue la fecha exacta de la primera publicación; por tanto, la fecha de inicio del cómputo del plazo no puede confirmarse solo con el texto reproducido en la publicación adjunta.

La publicación incluye la identificación del solicitante, su domicilio (de la escuela de Fátima, 100 metros al norte al lado del parquecito, edificio color gris, Heredia, Costa Rica) y la referencia registral IN202601123765; aparece firmada por Jamie Phillips Guardado, Registrador. El edicto no contiene en el texto reproducido la imagen del signo solicitado ni una descripción gráfica de su apariencia más allá de la indicación de que la protección será “tal y como aparece en la solicitud”; por lo tanto, la forma exacta del signo (diseño, colores, palabras) no consta en el fragmento textual disponible aquí.

Con la publicación comienza la etapa en la que terceros pueden hacer valer sus derechos conforme al plazo mencionado; la publicación no constituye otorgamiento de la marca.

Respaldo oficial

Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.

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Publicacion14 de septiembre de 2026
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