La Gaceta
La GacetaTarifas y servicios publicos14 de septiembre de 2026Explicación ciudadana

Solicitud de registro de la marca "REPSOL COOLANT" para productos anticongelantes (Clase 1)

Repsol S. A., representada por Cynthia Wo Ching Vargas en calidad de apoderada especial, solicitó ante el Registro de Marcas de Costa Rica la inscripción de la marca REPSOL COOLANT como marca de fábrica y comercio en la clase 1 internacional. La solicitud pretende proteger esa marca para un conjunto concreto de productos relacionados con líquidos y aditivos para sistemas de frenado, direcciones, radiadores y refrigeración de vehículos, así como aguas destiladas y algunos fluidos relacionados.

La solicitud enumera los siguientes productos que se pretende proteger bajo la marca REPSOL COOLANT: agua destilada; agua destilada oxigenada; aceites hidráulicos para circuitos de frenos; fluidos para servodirecciones; líquido de frenos; anticongelantes; líquidos anticongelantes; propilenglicol anticongelante; etilenglicol anticongelante; fluidos anticongelantes de parabrisas; aditivos químicos anticongelantes para combustibles; anticongelantes para radiadores de vehículos; anticongelante para sistemas de refrigeración de vehículos.

La fecha que aparece en el documento es 28 de agosto de 2026 y la solicitud fue presentada el 26 de agosto de 2026. En el apartado de reservas se indica “N/A” (no aplica), es decir, la solicitud no presenta reservas expresadas en el texto proporcionado.

El aviso indica que, conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos Nº 7978, el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Además, el edicto recuerda el contenido del artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. Esto señala un límite legal a la protección, es decir, los elementos de uso común en el comercio no quedan amparados por la exclusividad de la marca.

El documento publicado en La Gaceta es un edicto que cita a terceros interesados. Las personas o empresas que consideren afectados sus derechos pueden presentar oposición o hacer valer sus derechos ante el Registro dentro de los dos meses siguientes contados desde la primera publicación del edicto. El edicto fue firmado por Walter Alfaro González en su calidad de Registrador y contiene la referencia interna (IN202601123713).

Esta comunicación es una solicitud de inscripción publicada en La Gaceta (Imprenta Nacional). No constituye una concesión o registro definitivo; es el trámite público de una solicitud que puede ser objeto de oposiciones o continuar el procedimiento administrativo conforme a la normativa aplicable.

Si alguien estima que tiene derechos que podrían impedir o limitar la inscripción de REPSOL COOLANT para los productos indicados, debe presentar su oposición o prueba ante el Registro dentro del plazo de dos meses desde la primera publicación. La publicación y las referencias a los artículos de la ley sirven para fijar el alcance de la protección solicitada y también los límites que establece la ley respecto de elementos de uso común en el comercio.

Respaldo oficial

Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.

Abrir vista oficial
TipoDocumento oficial
Publicacion14 de septiembre de 2026
DocumentoPDF oficial disponible

Documento oficial

La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.

Cambios destacados relacionados

Publicación oficial detectada

Publicación oficial detectada

14 de septiembre de 2026

Repsol S. A., representada por Cynthia Wo Ching Vargas en calidad de apoderada especial, solicitó ante el Registro de Marcas de Costa Rica la inscripción de la marca REPSOL COOLANT como marca de fábrica y comercio en la clase 1 internacional. La solicitud pretende proteger esa marca para un conjunto concreto de productos relacionados con líquidos y aditivos…