Recepción para inscripción del estatuto de la Asociación Comisión Nacional para la Salvaguardia del Swing y Bolero Criollos
Se notificó que el Registro de Personas Jurídicas recibió para su inscripción el estatuto de una asociación llamada "Asociación Comisión Nacional para la Salvaguardia del Swing y Bolero Criollos". La publicación indica el domicilio de la entidad en la provincia 04 Heredia, cantón 01 Heredia. Los fines principales señalados en el estatuto incluyen la generación de estrategias, proyectos y espacios para el fortalecimiento, la promoción y la salvaguarda del swing criollo (presentado como patrimonio cultural inmaterial de Costa Rica) y del bolero criollo, mediante trabajo colaborativo y participativo desde la comunidad del swing y del bolero criollos. El representante señalado en el documento es el presidente William Alfonso Jiménez Araya, con las facultades que establece el estatuto. El texto dice que la entidad se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939 y sus reformas. La publicación emplaza por 15 días hábiles, contados a partir de la fecha de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. En el documento aparecen referencias registrales: Tomo: 2026 Asiento: 554734 y adicional(es) Tomo: 2026 Asiento: 727688. La nota registra "Registro Nacional, 26 de agosto de 2026" y la publicación aparece en La Gaceta (Imprenta Nacional). Esta comunicación es la recepción del estatuto para trámite de inscripción y la apertura del plazo para presentar reparos; no es la constancia de que la inscripción esté ya aprobada.
Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
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