Solicitud de registro como marca de servicios (Clase 45) por Ernesto Azofeifa Cedeño
Se publicó una solicitud para inscribir una marca de servicios presentada por Ernesto Azofeifa Cedeño. Lo que solicita el interesado: inscribir como marca de servicios, en la clase internacional 45, el signo que identifica “servicios jurídicos, notariales y representación legal”. La solicitud fue fechada el 4 de agosto de 2026 y presentada el 31 de julio de 2026 en San José. El solicitante declara su domicilio en El Carmen, Barrio Aranjuez, San José, Costa Rica. Condición sobre la reproducción del signo: se indica que, de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978, “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud”. Colores reservados: el solicitante reserva los colores dorado, blanco, negro, azul y gris como parte del signo.
se cita a terceros interesados a defender sus derechos ante este Registro dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación de este edicto. Es decir, cualquier persona o entidad que considere que la solicitud afecta sus derechos de marca o signos distintivos dispone de ese plazo para presentar oposición o manifiestar lo que estime procedente ante el Registro de Marcas. Vigencia del plazo: la publicación está fechada el 4 de agosto de 2026; el edicto ordena abrir el plazo de dos meses desde esa primera publicación.
se incluye una nota que remite al artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos, que establece que “cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. El texto del edicto no amplía ni aplica esa disposición a elementos concretos del signo; sólo cita la regla legal. También cita el artículo 85 de la Ley 7978 para efectos de publicación.
Si una persona quiere oponerse, debe actuar dentro del plazo de dos meses desde la primera publicación y ante el Registro competente; la publicación remite a la normativa citada para efectos formales.
Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
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