Solicitud de registro de nombre comercial “Distribuidora DPMN” (Solicitud Nº 2026-0010617)
Se publica la solicitud Nº 2026-0010617 para inscribir el nombre comercial “Distribuidora DPMN”. La presentación fue hecha por Suhelen Lucía Portuguez Azofeifa, en calidad de Apoderado Especial de 3-101-953141 Sociedad Anónima. La fecha indicada en el documento es 26 de agosto de 2026 y la solicitud aparece como presentada el 25 de agosto de 2026. La publicación corresponde al edicto de registro y tiene por objeto dar noticia pública de la solicitud ante el Registro de marcas.
La solicitud pide la inscripción del signo “Distribuidora DPMN” como nombre comercial, declarado en clase(s): internacional(es) y específicamente consignado en la clase 49. Según la solicitud, se pide proteger el signo para: “distribución y comercialización de productos naturales, suplementos alimenticios y cosméticos; exportación, importación, compra, venta almacenamiento, representación, transporte, celebración de actos y contratos mercantiles en Costa Rica y en el extranjero.” El lugar indicado en la solicitud para el establecimiento u domicilio es: “San José, Curridabat, Sánchez, del Fresh Market 100 metros oeste y 225 metros norte, condominio blanco, con reja gris a mano izquierda, apartamento número tres / Costa Rica.”
El edicto establece que se cita a terceros interesados para que “defender sus derechos” ante el Registro dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Es decir, desde la primera publicación del aviso comienza un plazo de dos meses para que quienes consideren afectados sus derechos presenten las acciones que correspondan ante el Registro. El edicto indica además: “A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.”
La solicitud incluye una reserva conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978, expresada literalmente: “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud.” El edicto también reproduce el texto del artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. El documento no identifica cuáles elementos, si los hubiera, serían considerados de uso común o necesario; esa disposición queda citada como límite legal aplicable.
El edicto fue emitido por Rina Ruiz Mata, Registrador(a), y se identifica internamente con el código (IN202601122094).
Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
Cambios destacados relacionados
Publicación oficial detectada
Publicación oficial detectada
Se publica la solicitud Nº 2026-0010617 para inscribir el nombre comercial “Distribuidora DPMN”. La presentación fue hecha por Suhelen Lucía Portuguez Azofeifa, en calidad de Apoderado Especial de 3-101-953141 Sociedad Anónima. La fecha indicada en el documento es 26 de agosto de 2026 y la solicitud aparece como presentada el 25 de agosto de 2026. La…