Se reforma el pacto social de Peiso Technologies S. A. y Strong Technologies S. A. para inscripción de correo electrónico
El propósito señalado de esa reforma es la inscripción de un correo electrónico, de conformidad con el artículo 19 del Código de Comercio.
La decisión afecta a las dos sociedades mencionadas —Peiso Technologies S. A. y Strong Technologies S. A.— en cuanto modifica su pacto social para incorporar la inscripción de un correo electrónico en sus datos societarios.
El acta indica la fecha y hora del otorgamiento de la escritura (17 del febrero del 2026, a las 15:00) y el notario que la autorizó (Notario Publio Shih Min Lin Chang). Se cita el fundamento legal: artículo 19 del Código de Comercio. El texto disponible no muestra cuál es el correo electrónico que se inscribe ni qué parte específica del pacto social se modifica más allá de señalar la inscripción del correo electrónico. Por tanto, no puede afirmarse cuál es la dirección electrónica ni si se registraron otras modificaciones.
La evidencia es una constancia del otorgamiento de la escritura que reforma el pacto social para la inscripción de un correo electrónico. No se incluye en el texto información sobre fechas de vigencia distintas a la del otorgamiento, ni sobre la inscripción registral en el Registro Nacional o acciones posteriores. El documento está registrado en La Gaceta según la fuente proporcionada; el número interno consignado es (IN202601116826).
Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
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El propósito señalado de esa reforma es la inscripción de un correo electrónico, de conformidad con el artículo 19 del Código de Comercio.