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La GacetaRegulacion14 de septiembre de 2026Explicación ciudadana

Constancia notarial de acuerdo para disolver y liquidar la sociedad FILIAL NUMERO DOS CE, SOCIEDAD ANÓNIMA

El documento es una certificación del Notario Público Javier Escalante Madrigal. Indica que, mediante la escritura pública número 68-5 otorgada el día veinticuatro de junio de dos mil veintiséis, se protocolizó el Acta Número 2 del tomo 1 de la sociedad denominada FILIAL NUMERO DOS CE, SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de persona jurídica número tres – uno cero uno – cinco ocho uno ocho tres uno. En esa acta, los socios de la sociedad acuerdan y solicitan la disolución y liquidación de la compañía. La fecha consignada en la certificación es San José, veinticuatro de junio de dos mil veintiséis, y el notario que firma la constancia es Lic. Javier Escalante Madrigal.

Lo que decide o registra el documento es el acuerdo de los socios para disolver y liquidar la sociedad y la solicitud en ese sentido, tal como quedó expresada en el Acta Número 2 del tomo 1 y protocolizada mediante la escritura pública indicada. Afecta a la sociedad FILIAL NUMERO DOS CE, SOCIEDAD ANÓNIMA y a sus socios, porque son ellos quienes acuerdan y piden la disolución y liquidación.

Es decir, la evidencia solo prueba que existe un acta protocolizada donde los socios acuerdan y solicitan la disolución y liquidación; no prueba que la disolución y liquidación ya se hayan completado ni que hayan sido inscritas en un registro oficial posterior.

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Publicacion14 de septiembre de 2026
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14 de septiembre de 2026

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