Solicitud de registro de Marca de Servicios para actividades de construcción y diseño (Clases 37 y 42)
La solicitud pide la inscripción como Marca de Servicios para servicios incluidos en las clases internacionales 37 y 42. La publicación sirve para citar a terceros interesados y dar inicio al plazo para oponer derechos ante el Registro de Marca correspondiente.
En la clase 37 se solicita protección para: servicios de construcción de edificaciones residenciales, comerciales e industriales; construcción de viviendas y estructuras; remodelación, ampliación y renovación de inmuebles; supervisión y ejecución de proyectos constructivos; servicios de instalación, reparación y mantenimiento en obras de construcción; acondicionamiento de espacios; alquiler de equipos de construcción; alquiler de herramientas, plantas y equipos para la construcción, demolición, limpieza y mantenimiento. En la clase 42 se pide protección para: servicios de diseño arquitectónico; planificación y desarrollo de proyectos de construcción; elaboración de planos arquitectónicos y técnicos; diseño de estructuras; diseño de interiores y exteriores para edificaciones; asesoramiento técnico en construcción y arquitectura; desarrollo de propuestas de distribución de espacios; y servicios de modelado y visualización de proyectos constructivos.
La solicitud aparece fechada el 01 de septiembre de 2026 y se indica que fue presentada el 03 de julio de 2026 en San José. El edicto señala que los terceros interesados pueden ejercer y hacer valer sus derechos ante este Registro dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación de este anuncio en La Gaceta. Para efectos de publicación se indica que se debe tener en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.
La solicitud incluye una reserva conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos Nº 7978: “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud”. Además, la publicación recuerda el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos, que establece que cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio. Estas referencias indican límites formales a la extensión de la protección solicitada según la ley y el reglamento citados.
Afecta a cualquier tercero que considere que la inscripción solicitada afecta sus derechos sobre marcas o signos distintivos. Tales terceros tienen un plazo de dos meses desde la primera publicación para presentar ante el Registro las pruebas o alegatos que estimen pertinentes para oponer la solicitud. La publicación fue realizada en La Gaceta (Imprenta Nacional), que es la fuente oficial indicada en el documento.
La evidencia es el texto del edicto publicado en La Gaceta. Donde el texto legal citado establece condiciones (art. 18 del Reglamento y art. 28 de la Ley), se reitera su contenido tal como aparece en la publicación; no se infiere ni se añade ningún efecto que no esté expresado en el documento.
Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
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La solicitud pide la inscripción como Marca de Servicios para servicios incluidos en las clases internacionales 37 y 42. La publicación sirve para citar a terceros interesados y dar inicio al plazo para oponer derechos ante el Registro de Marca correspondiente.