Solicitud de inscripción como marca de servicios (Clase 35) presentada por José Gabriel Vargas Rojas
La Gaceta publica la solicitud Nº 2026-0007457 en la que José Gabriel Vargas Rojas solicita la inscripción de un signo como marca de servicios en la clase 35 de la clasificación internacional.
La solicitud está fechada el 22 de junio de 2026 y fue presentada el 18 de junio de 2026. El registrador que firma el edicto es Wálter Alfaro González. La publicación oficial aparece en La Gaceta (Imprenta Nacional), según el aviso con referencia IN202601121429.
El solicitante pide protección como marca de servicios para los siguientes servicios en la clase 35: “publicidad, gestión, organización y administración de empresas; funciones de oficina.” En el edicto se indica que se reserva el uso de los colores negro, rojo, amarillo y blanco.
El edicto cita el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos Nº 7978, con la frase literal: “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud.” El edicto también reproduce el texto del artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que dice: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. Además, se ordena tener en cuenta, para efectos de publicación, lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.
Se cita a terceros interesados a que, si consideran que pueden defender derechos frente a esta solicitud, los hagan valer ante este Registro dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación de este edicto. El edicto repite la fecha 22 de junio de 2026 en relación con la publicación.
El aviso registra la solicitud y establece las reservas y referencias legales citadas. El documento cita textualmente el artículo 18 del Reglamento y el artículo 28 de la Ley, pero no explica en el propio texto cómo deben interpretarse esos artículos más allá de las frases reproducidas. Por ejemplo, el edicto afirma que “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud”, que es la frase literal citada; el alcance práctico o jurídico de esa frase no se desarrolla más en el aviso. De igual modo, el edicto reproduce el artículo 28 pero no añade ejemplos ni decisiones internas que aclaren cómo se aplicaría en este caso concreto. Por tanto, cualquier explicación adicional sobre efectos jurídicos concretos requeriría interpretación que no está contenida en el documento publicado.
Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
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La Gaceta publica la solicitud Nº 2026-0007457 en la que José Gabriel Vargas Rojas solicita la inscripción de un signo como marca de servicios en la clase 35 de la clasificación internacional.