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La GacetaRegulacion11 de septiembre de 2026Explicación ciudadana

Solicitud de inscripción como marca de servicios N.º 2026-0008126 (clases internacionales 35 y 44)

La solicitud pide la inscripción de un signo como marca de servicios en las clases internacionales 35 y 44. La publicación registra la solicitud y contiene las condiciones y reservas que el solicitante y la normativa citada indican.

Domicilio consignado en la solicitud: Santa Ana, Uruca, 800 metros al sur del Súper Río Oro, casa blanca a mano derecha, continúa al reductor de velocidad, San José, Costa Rica.

Se solicita protección como marca de servicios en las siguientes clases internacionales:

Servicios de venta y comercialización, incluyendo productos cosméticos, productos de belleza, productos de cuidado personal, productos capilares profesionales; champús, acondicionadores, mascarillas capilares, ampollas, serums, aceites capilares, protectores térmicos, cremas para peinar, productos para peinado y acabado, geles, espumas, ceras, pomadas, lacas, sprays fijadores y texturizantes; tintes para el cabello, colorantes capilares, decolorantes, oxidantes, reveladores, tonalizantes, matizadores, correctores de color; productos para alisado capilar; productos para el cuidado del cuero cabelludo; cosméticos faciales, maquillaje, productos para el cuidado de la piel; protectores solares, esmaltes; herramientas, equipos y accesorios de peluquería y barbería; y demás accesorios para uso profesional y personal relacionados con la belleza y el cuidado personal; publicidad y distribución al por mayor.

Servicios de salones de belleza.

La solicitud fue presentada el 2 de julio de 2026. En el edicto aparece la fecha 19 de agosto de 2026, que corresponde a la publicación citada. El número de trámite que figura en el edicto es IN202601121271.

La publicación cita a terceros interesados en defender sus derechos para que los hagan valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación de este edicto. Esa es la condición procesal que el edicto establece para la actuación de terceros.

La solicitud incluye una reserva conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978: “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud.” El edicto indica además que “esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos”, y cita el texto de ese artículo que señala: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.

El texto publicado contiene la lista de servicios y las reservas legales mencionadas, la identificación del solicitante, el domicilio declarado, las fechas señaladas y la indicación del plazo de dos meses para que terceros actúen. Si el interesado necesita conocer el estado final del registro o si la marca será finalmente concedida, esa información no aparece en este edicto; el documento muestra la solicitud y las condiciones de publicación tal como se consignan en La Gaceta.

Respaldo oficial

Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.

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TipoDocumento oficial
Publicacion11 de septiembre de 2026
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11 de septiembre de 2026

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