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La GacetaRegulacion11 de septiembre de 2026Explicación ciudadana

Solicitud de registro de la marca de servicios "LUAH*" (Clase 36: Servicios Inmobiliarios)

Se publicó en La Gaceta la solicitud No. 2026-0009156 para inscribir el signo LUAH* como marca de servicios en la clase 36 (Servicios Inmobiliarios). Esta publicación notifica la presentación de la solicitud; no constituye una concesión o registro definitivo de la marca.

El domicilio que figura es: San José, Calle Blancos, Carretera Nacional, cien costado suroeste del puente sobre la Ruta Treinta y Dos, oficinas Bodeblancos, Costa Rica. La solicitud fue presentada el 27 de julio de 2026 y en el texto del edicto aparece la fecha 7 de agosto de 2026, que se emplea para efectos de publicación.

Se solicita la inscripción del signo LUAH* como marca de servicios en clase(s): 36. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 36: Servicios Inmobiliarios. El edicto dice textualmente: “Se hace reserva del término Luah para prestación de servicios inmobiliarios.” Además, la publicación incluye la indicación: “De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud.”

El edicto cita: “Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.” Es decir, desde la primera publicación hay un plazo de dos meses para que personas o empresas interesadas presenten oposiciones o aleguen derechos ante el Registro.

El edicto reproduce el contenido del artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos en la frase: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. Esa disposición, según el propio edicto, restringe la extensión de la protección cuando correspondan elementos de uso común o necesarios en el comercio. También se indica que, para efectos de publicación, se tenga en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978, pero el edicto no explica aquí el contenido de ese artículo.

Este edicto es la publicación de una solicitud; no prueba que la marca haya sido registrada o que la Dirección de Registro haya resuelto a favor.

Respaldo oficial

Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.

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Publicacion11 de septiembre de 2026
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Se publicó en La Gaceta la solicitud No. 2026-0009156 para inscribir el signo LUAH* como marca de servicios en la clase 36 (Servicios Inmobiliarios). Esta publicación notifica la presentación de la solicitud; no constituye una concesión o registro definitivo de la marca.