Solicitud de registro de la marca “ONGO” para bebidas (clase 32)
La solicitud busca proteger la marca frente al Registro de Marcas para los productos descritos en la clase 32.
La solicitud indica que ONGO se usará y se pide proteger para: Kombucha; bebidas a base de kombucha; bebidas fermentadas sin alcohol; bebidas sin alcohol a base de frutas; bebidas sin alcohol a base de hierbas; bebidas sin alcohol; bebidas gaseosas. Esos son los bienes precisados en la solicitud para la clase 32.
La propia solicitud incluye una reserva conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978: “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud.” Eso significa que, según la solicitud, la protección se limitaría a la forma gráfica y los elementos exactamente como fueron presentados ante el Registro. Además, se menciona el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. Esa cita aclara un límite legal aplicable a marcas que son etiqueta o combinaciones de elementos: la protección no cubre los elementos de uso común o necesarios en comercio.
La publicación del aviso cita que terceros interesados pueden defender sus derechos ante el Registro, presentando lo que proceda dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. El texto indica también “A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.”
Afecta a cualquier persona o entidad que crea tener derechos sobre la marca solicitada o que pueda verse perjudicada por su registro en la clase 32. Dichas personas disponen del plazo de dos meses desde la primera publicación del edicto para presentar ante este Registro las acciones o recursos que consideren pertinentes para defender sus derechos, conforme a lo que establece el aviso.
El documento consignado en La Gaceta registra a Jamie Phillips Guardado como Registrador(a) y un código entre paréntesis (IN202601120901).
El edicto contiene las referencias legales y las reservas señaladas, pero no incluye la reproducción gráfica completa del signo tal como fue solicitado en el expediente ni detalles sobre trámites posteriores, examen registral, oposición concreta o resoluciones del Registro. Por tanto no es posible afirmar si la marca será finalmente concedida, denegada o si habrá oposiciones; la evidencia solo documenta la solicitud publicada y las condiciones formales descritas en el aviso.
Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
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La solicitud busca proteger la marca frente al Registro de Marcas para los productos descritos en la clase 32.