Solicitud de registro de marca “Entre Chien et Loup” (Solicitud N° 2026-0009509)
Se publica en La Gaceta la Solicitud N° 2026-0009509, presentada para inscribir como marca de comercio y servicios el signo Entre Chien et Loup. La solicitud fue presentada el 4 de agosto de 2026 y fechada el 12 de agosto de 2026. El texto publicado corresponde a un edicto del Registro de Marcas cuyo registrador es Richard Valerín Castro (referencia IN202601119903). La fuente oficial indicada en la publicación es La Gaceta (Imprenta Nacional).
La solicitante es Yuliana Otoya Castillo, representada por Christian Quesada Porras. Se pide protección de la marca Entre Chien et Loup en las clases internacionales 5; 31; 35; 39; 41 y 44. El edicto detalla, para cada clase, los productos y servicios concretos que se pretenden cubrir. Entre ellos, en clase 5 se enumeran preparaciones para uso médico y veterinario, suplementos alimenticios y de proteínas para animales, vacunas, cultivos de microorganismos y de tejidos para uso veterinario, champús insecticidas y medicinales para animales, collares antiparasitarios, comida liofilizada para uso médico, tapetes absorbentes desechables para la educación higiénica de animales de compañía, y otros productos similares listados textualmente en la publicación.
En clase 31 la solicitud incluye diversos alimentos y piensos para animales (por ejemplo alimentos para pájaros, piensos/forraje, galletas para perros, harinas para alimentación animal, heno, levadura para la alimentación animal, arena higiénica y papel granulado para lechos de animales de compañía), con la enumeración detallada tal como aparece en el edicto. En clase 35 se solicitan servicios relacionados con publicidad y gestión de negocios (venta minorista y mayorista de preparaciones farmacéuticas, veterinarias y suministros médicos; promoción de ventas, incluyendo promoción por influenciadores; publicidad en línea; agencias de publicidad; comparación de precios; publicidad por distintos medios), listados en el texto.
En clase 39 se incluyen servicios de transporte, embalaje, almacenamiento, reparto y distribución de mercancías, empaquetado y acondicionamiento de productos. En clase 41 se describen servicios educativos y de formación (academias, cursos por correspondencia, organización y dirección de seminarios, talleres, conferencias, congresos, simposios; doma y adiestramiento de animales; tutoría; suministro de información sobre educación; formación y exámenes pedagógicos con fines de certificación; transferencia de conocimientos especializados). En clase 44 se piden servicios veterinarios y afines (servicios veterinarios; tratamientos de higiene y belleza para personas o animales; asistencia veterinaria; servicios de vacunación; aseo y cría de animales; terapia asistida con animales [zooterapia]; suministro de animales de asistencia; asesoramiento sobre dietética y nutrición; servicios de acuicultura; exámenes médicos con fines de levantamiento de cuarentena; exterminación de animales dañinos para la agricultura, la acuicultura, la horticultura y la silvicultura), todo citado textualmente en la publicación.
El edicto incluye una reserva conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978, que indica que “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud”. También indica que la solicitud se rige por el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos, cuyo texto citado dice: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. Estas frases limitan la protección a la forma exacta presentada y excluyen, según la ley citada, los elementos de uso común o necesarios en el comercio, tal como aparece en la publicación.
El edicto cita a terceros interesados “en defender sus derechos” para hacerlos valer ante el Registro dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. La publicación también indica que, a efectos de publicación, se tenga en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta explicación se basa únicamente en el texto publicado en La Gaceta, que contiene la solicitud y las enumeraciones textuales de productos y servicios por clase, las fechas, las reservas y las indicaciones sobre el plazo de oposición. Si alguna frase en el original parece incompleta o técnica, se ha reproducido su contenido tal como aparece en la publicación y no se han inferido efectos adicionales.
Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
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