Solicitud de registro de marca de servicios (Clase 45) presentada por el Ministerio de Seguridad Pública
La solicitud pide inscribir como marca de servicios, en la Clasificación Internacional clase 45, el “Servicio de protección de personas”. El aviso fue publicado en La Gaceta (Imprenta Nacional) y está asociado al expediente (IN202601119022). El registrador que firma el edicto es Richard Valerín Castro.
La solicitud figura con la anotación “Presentada el: 13 de agosto de 2026” y con la “Fecha: 19 de agosto de 2026”, que también aparece al final del edicto junto al llamado a terceros. El aviso contiene además el número de identificación de la solicitud (2026-0010006) y la dirección del solicitante en San José (distrito Zapote, Barrio San Dimas, frente al Liceo José María Castro Madriz).
La solicitud reserva los colores blanco y dorado para la marca. Indica que, de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos Nº 7978, “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud”. El edicto también incorpora la referencia al artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos, que establece: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. Esa cita muestra un límite legal que aplica al alcance de la protección solicitada.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante el Registro dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. En el texto del aviso la fecha asociada a la publicación del edicto es 19 de agosto de 2026; por tanto, el edicto comunica ese plazo de oposición dirigido a cualquier tercero que considere vulnerados sus derechos por la solicitud.
Este aviso es la publicación de una solicitud de registro; no es una resolución que conceda o deniegue el registro de la marca. El documento informa sobre la presentación y convoca a terceros a ejercer sus derechos de oposición o defensa ante el Registro conforme a la normativa mencionada.
El edicto cita expresamente los artículos legales (art. 18 del Reglamento de la Ley Nº 7978 y art. 28 de la Ley de Marcas) para determinar cómo se protegerá el signo y para recordar límites de la protección cuando la marca sea una etiqueta o conjunto de elementos. No se incluyen en este aviso decisiones administrativas finales, montos, trámites adicionales ni condiciones posteriores a la fase de publicación; el documento se limita a la solicitud y a la convocatoria de terceros para hacer valer sus derechos dentro del plazo señalado.
Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
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La solicitud pide inscribir como marca de servicios, en la Clasificación Internacional clase 45, el “Servicio de protección de personas”. El aviso fue publicado en La Gaceta (Imprenta Nacional) y está asociado al expediente (IN202601119022). El registrador que firma el edicto es Richard Valerín Castro.