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La GacetaRegulacion11 de septiembre de 2026Explicación ciudadana

Reforma de la cláusula OCTAVA y designación de domicilio electrónico de COMERCIALIZADORA LA FLOR DEL OLIVAR S.R.L.

La sociedad COMERCIALIZADORA LA FLOR DEL OLIVAR SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula de persona jurídica: TRES - CIENTO DOS – SETECIENTOS SETENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SETENTA Y OCHO, informó que mediante escritura número sesenta – uno, otorgada el 27 de julio del 2026 a las 17:30 horas ante la notaria Beatriz Elena Arce Villegas, se reformó la cláusula OCTAVA de su pacto constitutivo. El texto publicado no describe el contenido nuevo de la cláusula OCTAVA; la evidencia sólo registra que dicha cláusula fue reformada, sin detallar el cambio concreto en el pacto.

En la misma escritura la sociedad designó “como domicilio electrónico el siguiente correo electrónico válido y activo para recibir notificaciones administrativas y judiciales relacionadas con su representada” la dirección que en la publicación aparece como: comercializadoraolivar@ gmail.com. La sociedad indica que esta designación se hace “para dar cumplimiento a ley diez mil quinientos noventa y siete.” La publicación señala Pital de San Carlos, catorce de agosto del dos mil veintiséis como fecha de la nota en La Gaceta (referencia IN202601116268).

La designación del domicilio electrónico, según la evidencia, tiene por finalidad recibir notificaciones administrativas y judiciales relacionadas con la sociedad. La evidencia permite expresar que la sociedad adoptó ese correo como canal para tales notificaciones, pero no explica en el documento publicado si esa designación genera obligaciones adicionales, plazos, requisitos técnicos o procedimientos administrativos; esos aspectos no están descritos en el texto disponible.

El correo publicado contiene un espacio visible después del símbolo @ (comercializadoraolivar@ gmail.com). La evidencia califica el correo como “válido y activo”, sin embargo ese espacio impreso introduce ambigüedad sobre la dirección electrónica exacta.

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Publicacion11 de septiembre de 2026
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