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La GacetaRegulacion11 de septiembre de 2026Explicación ciudadana

Disolución de ANFER Sociedad de Responsabilidad Limitada según escritura pública

Ante la notaría se protocolizó el acta de la asamblea general de socios de ANFER Sociedad de Responsabilidad Limitada mediante la escritura número doscientos treinta y cinco, visible al folio ciento ochenta del tomo tres. En esa acta la totalidad de los socios acuerdan disolver la sociedad y no nombrar liquidador.

El acta se protocolizó "a las diez horas, del dieciséis de junio del dos mil veintiséis" y el documento señala que "es todo, a las once horas y treinta minutos del doce del mes de junio del año dos mil veintiséis". El registro se hace ante la notaría pública identificada en el texto. La fuente oficial de esta información es La Gaceta, publicada por la Imprenta Nacional (ver el aviso publicado).

Los socios declaran que no existen activos ni pasivos que liquidar. Por esa razón, conforme al acta constitutiva de la sociedad, prescinden del nombramiento de un liquidador. Esa afirmación sobre la ausencia de activos y pasivos es la condición concreta que el acta invoca para no designar liquidador.

El documento es la protocolización notarial del acuerdo de disolución y de la renuncia a nombrar liquidador. Registra que la decisión fue tomada por la totalidad de los socios.

Escritura número doscientos treinta y cinco, folio ciento ochenta, tomo tres; la entidad afectada es ANFER Sociedad de Responsabilidad Limitada, con domicilio indicado en la provincia de San José (La Gloria de Puriscal, coordenadas relativas en el texto) y cédula jurídica número tres-uno cero dos-nueve tres siete uno cuatro cinco. El acta constitutiva se cita como la base que permite prescindir del liquidador.

La evidencia muestra quién decidió disolver (la totalidad de los socios) y la razón indicada (falta de activos y pasivos). La evidencia no da instrucciones ni plazos para terceros, acreedores o autoridades; por lo tanto no puede concluirse a partir de este aviso qué trámites oficiales adicionales son necesarios ni cómo afectará a terceros.

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Publicacion11 de septiembre de 2026
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Ante la notaría se protocolizó el acta de la asamblea general de socios de ANFER Sociedad de Responsabilidad Limitada mediante la escritura número doscientos treinta y cinco, visible al folio ciento ochenta del tomo tres. En esa acta la totalidad de los socios acuerdan disolver la sociedad y no nombrar liquidador.

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