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La GacetaRegulacion11 de septiembre de 2026Explicación ciudadana

Constancia de disolución de Inmobiliaria SOL, MIEL Y MAR LIMITADA

La acta de esa asamblea se celebró en Guanacaste, Santa Cruz, Tamarindo, en el Centro Comercial Tamarindo Business Center, oficina P&D Abogados, local número 2, el 3 de Marzo del 2026 a las 15:00 horas. El acuerdo se tomó «de acuerdo al artículo 201 inciso d) del Código de Comercio Costarricense», según literal del texto.

El texto oficial solo consigna que en la asamblea de cuotistas «se acordó disolver dicha compañía, de acuerdo al artículo 201 inciso d) del Código de Comercio Costarricense.» No contiene en el extracto proporcionado más detalles sobre cómo se ejecutará la disolución: no aparecen en el texto los nombres de los cuotistas que votaron, el resultado numérico de la votación, la designación de un liquidador, instrucciones para la liquidación de activos y pasivos, plazos para la liquidación, ni medidas para informar a terceros o acreedores.

Cualquier conclusión adicional sobre efectos legales, obligaciones concretas, plazos de liquidación o pasos administrativos no consta en este texto y por tanto no puede afirmarse con la evidencia disponible.

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Publicacion11 de septiembre de 2026
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11 de septiembre de 2026

La acta de esa asamblea se celebró en Guanacaste, Santa Cruz, Tamarindo, en el Centro Comercial Tamarindo Business Center, oficina P&D Abogados, local número 2, el 3 de Marzo del 2026 a las 15:00 horas. El acuerdo se tomó «de acuerdo al artículo 201 inciso d) del Código de Comercio Costarricense», según literal del texto.