Solicitud notarial para incorporar un correo electrónico al domicilio social de Dic Sociedad de responsabilidad limitada
Ante la notaría, mediante la escritura número 208, se dejó constancia de que el 26 de junio del año 2025, a las 12 horas, se presentó una solicitud para incorporar un correo electrónico al domicilio social de una sociedad. El documento consignado ante la notaría no declara una resolución sobre esa solicitud; registra la presentación de la misma.
La persona que presentó la solicitud fue Tomas Dinarte Guzmán, identificado en el documento como apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad Dic Sociedad de responsabilidad limitada número 3-102-932808. La petición concreta fue incorporar el correo electrónico notificaciones.destacadas@gmail.com en el domicilio social de esa sociedad, “conforme a la Ley número 10597”, según el texto de la escritura.
La presentación consta en la escritura número 208, visible al folio 129 vuelto hasta folio ciento treinta frente, del tomo número 1, y fue firmada o asentada por la Notaría Pública a cargo de la Licda. Suheidy Jiménez Barboza. El aviso publicado en La Gaceta incluye el identificador ( IN202601115886 ). La fuente oficial es la publicación en La Gaceta de la Imprenta Nacional, en el documento PDF cuyo enlace aparece en la evidencia.
Esa falta de información impide concluir sobre la eficacia o el estado final del pedido; lo que sí puede afirmarse con la evidencia es la fecha, la hora, la identidad del solicitante, la sociedad afectada, el correo propuesto y la referencia legal mencionada.
Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
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Ante la notaría, mediante la escritura número 208, se dejó constancia de que el 26 de junio del año 2025, a las 12 horas, se presentó una solicitud para incorporar un correo electrónico al domicilio social de una sociedad. El documento consignado ante la notaría no declara una resolución sobre esa solicitud; registra la presentación de la misma.