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La GacetaPresupuesto publico11 de septiembre de 2026Explicación ciudadana

Proyecto de ley para desafectar y donar la antigua Escuela Eduardo Peralta Jiménez y su predio al Concejo Municipal de Distrito de Tucurrique

El documento es un proyecto de ley presentado en la Asamblea Legislativa que propone autorizar a la Junta de Educación de Tucurrique para desafectar (quitar el carácter de uso público) y donar a favor del Concejo Municipal de Distrito de Tucurrique el inmueble donde está la antigua Escuela Eduardo Peralta Jiménez y la Casa de la Cultura Tucurriqueña Sikiví. El texto del proyecto incluye artículos que describen la desafectación, la autorización para donar y las condiciones de la donación.

Afecta a la Junta de Educación de Tucurrique (cédula jurídica n.° 3-008-087538), propietaria registral del predio, y al Concejo Municipal de Distrito de Tucurrique (cédula jurídica n.° 3-007-042087), destinatario propuesto. La ley, de aprobarse en los términos del proyecto, autorizaría a la Junta de Educación a donar el inmueble, pero exige que la donación se haga “previo acuerdo de su órgano colegiado” de la Junta. Además, el Concejo Municipal de Distrito deberá aceptar la donación mediante el acuerdo correspondiente; es decir, la donación requiere decisiones formales de ambas instituciones.

El predio está inscrito en el partido de Cartago, cantón cuarto Jiménez, distrito segundo Tucurrique, bajo folio real matrícula n.° 3-135577-000, con una medida de tres mil ciento cincuenta y cuatro metros con veintinueve decímetros cuadrados (3 154,29 m²) y plano catastrado n.° C-0015791-1991. Los linderos consignados son: al norte, Alberto Ayon Muy; al sur, calle pública con ochenta y dos metros con treinta y cinco centímetros; al este, calle pública con treinta y nueve metros con un centímetro; y al oeste, calle pública con treinta y siete metros con veintinueve centímetros. En ese inmueble se ubican la antigua escuela y la Casa de la Cultura Sikiví.

El proyecto establece que el inmueble se destinará a la conservación y funcionamiento de la Casa de la Cultura Tucurriqueña Sikiví y al desarrollo de proyectos culturales, educativos y comunitarios, así como a la prestación de servicios públicos locales compatibles con su valor histórico y arquitectónico. La donación debe respetar la afectación registral por patrimonio histórico-arquitectónico que consta en la inscripción.

La donación se realizará preservando la afectación al patrimonio histórico-arquitectónico. El Concejo Municipal de Distrito, como eventual propietario, asumirá las obligaciones de conservación, preservación, mantenimiento y protección del inmueble, conforme a la Ley n.° 7555, Ley de Patrimonio Histórico-Arquitectónico de Costa Rica, del 4 de octubre de 1995, y sus reformas. El texto aclara que subsisten las competencias rectoras, fiscalizadoras y de asesoramiento técnico del Ministerio de Cultura y Juventud.

Corresponde a la Notaría del Estado confeccionar la escritura pública de donación y realizar los actos notariales para su inscripción. La Notaría del Estado está autorizada a corregir errores materiales, diferencias u omisiones en los datos registrales o catastrales, siempre que no se alteren la identidad, la cabida ni el destino del inmueble autorizado por la ley.

El proyecto indica “Rige a partir de su publicación.”

La evidencia proviene de la publicación oficial en La Gaceta (documento identificado como proyecto de ley y presentado para conocimiento de las diputadas y los diputados). El propio texto usa la fórmula “LA ASAMBLEA LEGISLATIVA... DECRETA:” seguida de artículos, pero la publicación corresponde a un proyecto de ley sometido a conocimiento; por tanto, lo que aquí se describe es la propuesta legal y las condiciones que propone, no la constatación de que la transferencia ya se haya efectuado.

Esta explicación se ciñe al texto publicado. Donde el documento exige pasos adicionales (acuerdo del órgano colegiado de la Junta y aceptación por acuerdo del Concejo Municipal de Distrito) significa que la donación no se efectúa automáticamente: depende de esos acuerdos formales.

Respaldo oficial

Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.

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TipoDocumento oficial
Publicacion11 de septiembre de 2026
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Documento oficial

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