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La GacetaRegulacion11 de septiembre de 2026Explicación ciudadana

Proyecto que fija 30 segundos para emitir el voto en la Asamblea Legislativa

El documento es un proyecto de reforma al Reglamento de la Asamblea Legislativa que propone cambiar el artículo 105 para imponer un plazo máximo de treinta segundos para que cada diputado emita su voto cuando el presidente anuncie la votación de un asunto. El proyecto fue presentado por el diputado Juan Manuel Quesada Espinoza y publicado en La Gaceta.

El nuevo texto propuesto del artículo 105 contiene varias reglas concretas. Primero, dispone que ningún diputado que haya participado en la discusión de un asunto puede retirarse cuando se vaya a proceder a su votación. Segundo, al anunciar el presidente la votación, los diputados deberán estar ocupando su curul y, en un tiempo máximo de treinta segundos, estarán obligados a dar su voto, afirmativo o negativo. Tercero, si un diputado incumple estas disposiciones, perderá la dieta correspondiente a la sesión en que se produzca la inobservancia. Cuarto, hay una excepción: el diputado o diputada podrá excusarse de dar su voto sobre determinado asunto y retirarse del recinto cuando considere que puede otorgar de forma directa un beneficio para sí mismo, para su cónyuge, compañero o compañera, sus parientes hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad, o para las empresas en las que él o ella posean participación accionaria.

El texto propuesto aplica a las votaciones en la Asamblea Legislativa y a los diputados que hayan estado en la discusión del asunto que se va a votar. El proyecto incluye un transitorio que establece que la reforma al artículo 105 no regirá para los asuntos que, a la entrada en vigencia del acuerdo, ya hayan iniciado su discusión con fundamento en ese artículo y no estén finalizados. El propio texto dice que la reforma “Rige a partir de su aprobación”, lo que significa que entraría en vigencia después de aprobada, si se convierte en norma.

Según el proyecto, la obligación es que los diputados que participen en la discusión permanezcan en su curul al momento en que el presidente anuncie la votación y emitan su voto dentro del plazo máximo de treinta segundos. La consecuencia prevista por incumplimiento es la pérdida de la dieta correspondiente a la sesión en la que ocurra la infracción.

La norma permite una excusa explícita para no votar y retirarse si el diputado considera que el asunto puede darle un beneficio directo a él, su cónyuge, compañero o compañera, parientes hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad, o empresas en las que tenga participación accionaria. El transitorio limita la aplicación temporal: los asuntos que, al entrar en vigencia la reforma, ya hayan comenzado su discusión conforme al artículo 105 y no estén finalizados, quedarían fuera de la nueva regla.

El documento está publicado como “Proyecto de reforma” en La Gaceta (Imprenta Nacional).

Respaldo oficial

Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.

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TipoDocumento oficial
Publicacion11 de septiembre de 2026
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Documento oficial

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