LAS MUJERES, LEY 8589 DEL 25 DE ABRIL DE 2007
No obstante, la reforma introducida por la Ley n.° 10880, restringió significativamente el ámbito subjetivo de aplicación del. La misma pena será aplicada a divorcio, separación o ruptura, siempre que la quien obligue a la ofendida a introducir, por vía conducta no constituya un delito más grave o anal o vaginal, cualquier parte del cuerpo u previsto con una pena mayor, contra la voluntad objeto al autor o a sí misma. La misma pena será aplicada a quien le La misma pena será aplicada a quien le introduzca algún objeto, animal o parte del introduzca algún objeto, animal o parte del cuerpo, por vía vaginal o anal, a quien obligue cuerpo, vía vaginal o anal, a quien obligue a la a la ofendida a introducir, por vía anal o vaginal, ofendida a introducir, por vía anal o vaginal, cualquier parte del cuerpo u objeto al autor o a cualquier parte del cuerpo u objeto al autor o a sí misma.
¿Te resultó útil esta explicación?
Las reacciones muestran opinión de la comunidad; no cambian el contenido ni validan el documento oficial.
Inicia sesión para reaccionar.
Enviar una sugerencia sobre esta publicación
Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
Cambios destacados relacionados
No hay cambios destacados asociados a esta publicacion todavia.
Comentarios (0)
Los comentarios son opiniones de sus autores. No forman parte de la explicación editorial ni sustituyen la fuente oficial.
Inicie sesión para comentar, responder o reportar.
Todavía no hay comentarios visibles. Puede iniciar la conversación.