ARTÍCULOS 1, 2, 4, 5, 6, 8, 12 Y 14 Y ADICIÓN DE UN CAPÍTULO VI AL REGLAMENTO DE
El presente Reglamento tiene por objeto establecer las normas que regulan la gestión del Departamento de Cobro de la Municipalidad de Cartago, de conformidad con lo señalado en los artículos 4, incisos a. Y e., y 77 bis de la Ley N° 7794, Código Municipal y artículo 2, inciso d., del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y el artículo 3 de la Ley N° 7509 Impuesto sobre Bienes Inmuebles, de las obligaciones dinerarias que se adeuden a favor de la Municipalidad. Será de observación obligatoria tanto para los funcionarios municipales involucrados directa o indirectamente en las gestiones de recaudación y cobro, como para los abogados y munícipes que intervengan en ellas.
¿Te resultó útil esta explicación?
Las reacciones muestran opinión de la comunidad; no cambian el contenido ni validan el documento oficial.
Inicia sesión para reaccionar.
Enviar una sugerencia sobre esta publicación
Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
Cambios destacados relacionados
Publicación oficial detectada
Publicación oficial detectada
El presente Reglamento tiene por objeto establecer las normas que regulan la gestión del Departamento de Cobro de la Municipalidad de Cartago, de conformidad con lo señalado en los artículos 4, incisos a. Y e., y 77 bis de la Ley N° 7794, Código Municipal y artículo 2, inciso d., del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y el artículo 3 de la Ley N°…
Comentarios (0)
Los comentarios son opiniones de sus autores. No forman parte de la explicación editorial ni sustituyen la fuente oficial.
Inicie sesión para comentar, responder o reportar.
Todavía no hay comentarios visibles. Puede iniciar la conversación.